lunes, 28 de marzo de 2011

"EL CUERPO GRITA... LO QUE LA BOCA CALLA"



"La enfermedad es un conflicto entre la personalidad y el alma".
Bach.


Muchas veces...

El resfrío "chorrea" cuando el cuerpo no llora.

El dolor de garganta "tapona" cuando no es posible comunicar las aflicciones.

El estómago arde cuando las rabias no consiguen salir.

La diabetes invade cuando la soledad duele.

El cuerpo engorda cuando la insatisfacción aprieta.

El dolor de cabeza deprime cuando las dudas aumentan.

El corazón afloja cuando el sentido de la vida parece terminar.

La alergia aparece cuando el perfeccionismo está intolerable.

Las uñas se quiebran cuando las defensas están amenazadas.

El pecho aprieta cuando el orgullo esclaviza.

La presión sube cuando el miedo aprisiona.

Las neurosis paralizan cuando el niño interior tiraniza.

La fiebre calienta cuando las defensas explotan las fronteras de la inmunidad.

Las rodillas duelen cuando tu orgullo no se doblega.

Y tus dolores callados? Cómo hablan en tu cuerpo?



La Enfermedad no es mala, te avisa que te estás equivocando de camino.
Me parece bonito compartir este mensaje:

El camino a la felicidad no es recto. Existen curvas llamadas EQUIVOCACIONES, existen semáforos llamados AMIGOS, luces de precaución llamadas FAMILIA, y todo se logra si tienes: Una llanta de repuesto llamada DECISION, un potente motor llamado AMOR, un buen seguro llamado FE, abundante combustible llamado PACIENCIA, pero sobre todo un experto conductor llamado DIOS















Así me llegó de unos muy queridos amigos de Matamoros. Vale la pena.

domingo, 27 de marzo de 2011

Black Water - Doobie Brothers (with lyrics)

http://www.youtube.com/watch?v=km4-eKvv3EM



Well, I built me a raft and she's ready for floatin';


ol' Mississippi, she's callin' my name.

Catfish are jumpin', that paddle wheel thumpin',

black water keeps rollin' on past just the same.



Old black water, keep on rollin',

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Old black water keep on rollin',

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Old black water, keep on rollin',

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Yeah, keep on shinin' your light,

gonna make ev'rything, pretty mama,

gonna make ev'rything alright.

And I ain't got no worries 'cause I ain't in no hurry at all.



Well, if it rains, I don't care, don't make no difference to me;

just take that street car that's goin' up town.

Yeah, I'd like to hear some funky Dixieland

and dance a honky tonk,

and I'll be buyin' ev'rybody drinks all 'roun'.



Old black water, keep on rollin'

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Old black water keep on rollin',

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Old black water, keep on rollin',

Mississippi moon, won't you keep on shinin' on me?

Yeah, keep on shinin' your light,

gonna make ev'rything, everything,

gonna make ev'rything alright.

And I ain't got no worries 'cause I ain't in no hurry at all.



I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

Take me by the hand, pretty mama,

come and dance with your daddy all night long.

I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

I want to honkey-tonk, honkey-tonk, honkey-tonk,

with you all night long.



I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

(C'mon, baby, c'mon, ba - be.)

Take me by the hand, pretty mama,

come and dance with your daddy all night long.

I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

I want to honkey-tonk, honkey-tonk, honkey-tonk,

with you all night long.



I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

(Can you feel it?, can you feel it?.)

Take me by the hand, pretty mama,

come and dance with your daddy all night long.

I'd like to hear some funky Dixieland,

pretty mama, come and take me by the hand, by the hand.

I want to honkey-tonk, honkey-tonk, honkey-tonk,

with you all night long

Desiderata en la voz de Paco Stanley.

http://www.youtube.com/watch?v=W6z0E4suzEE

Desiderata. en la voz de Paco Stanley.





Camina placido entre el ruido y la prisa

y piensa en la paz que se puede encontrar en el silencio.

En cuanto te sea posible y sin rendirte,

mantén buenas relaciones con todas las personas.



Enuncia tu verdad en una manera serena y clara;

Y escucha a los demás, incluso al torpe e ignorante,

También ellos tienen su propia historia.



Esquiva a las personas ruidosas y agresivas,

Pues son un fastidio para el espíritu.

Si te comparas con los demás te volverás vano y amargado;

Pues siempre habrá personas más grandes y más pequeñas que tú.



Disfruta de tus éxitos lo mismo que de tus planes;

Mantén el interés en tu propia carrera por humilde que sea;

Ella es un verdadero tesoro en el fortuito cambiar de los tiempos.



Sé cauto en tus negocios, pues el mundo está lleno de engaños;

Más no dejes que esto te vuelva ciego para la virtud que existe;

Hay muchas personas que se esfuerzan por alcanzar nobles ideales; la vida está llena de heroísmo.



Sé sincero contigo mismo, en especial no finjas el afecto,

Y no seas cínico en el amor,

pues en medio de todas las arideces y desengaños,

es perenne como la hierba.



Acata dócilmente el consejo de los años

abandonado con donaire las cosas de la juventud.

Cultiva la firmeza del espíritu

para que te proteja en las adversidades repentinas.

Muchos temores nacen de la fatiga y la soledad.

Sobre una sana disciplina, sé benigno contigo mismo.



Tú eres una criatura del universo;

No menos que las plantas y las estrellas,

Tienes derecho a existir,

y sea que te resulte claro o no,

Indudablemente el universo marcha como debiera.



Por eso debes estar en paz con Dios,

cualquiera que sea tu idea de él;

Y sean cualesquiera tus trabajos y aspiraciones

Conserva la paz con tu alma; en la bulliciosa confusión de la vida.

Aún con toda su farsa, penalidades y sueños fallidos

El mundo es todavía hermoso; sé cauto; esfuérzate por ser feliz!!

Forum en línea. 26 de marzo de 2011

Un gran avance para gays, la reforma constitucional en derechos humanos

Elida Abonza-Karen Hernández / NotieSe


Tras conocer las reformas constitucionales aprobadas por el Senado de la República en materia de derechos humanos, entre las que se destaca la inclusión del término “preferencias sexuales” en el artículo 1 de la Constitución Política como motivo para no discriminar a una persona, especialistas en el tema y activistas coincidieron en que representa un gran avance para que la comunidad de la diversidad sexual pueda alcanzar el reconocimiento pleno de sus derechos en todo el país.

Héctor Salinas, investigador de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM), definió como “muy importante” la modificación constitucional porque ayuda a crear política pública y a legitimar la diversidad, aunque aseguró “por sí misma no genera un cambio cultural ni social, el cual debe gestarse a través de los sectores sociales”.

Sobre el concepto “preferencias sexuales”, el académico de la UACM, comentó que es adecuado porque reconoce la libertad individual de “ser y hacer lo que uno considere sin afectar a los demás” por lo que el término refiere que el individuo prefiere elegir la forma en la que vive su sexualidad.

Salinas Hernández, quien mantiene un proceso legal contra el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) por negarle la afiliación de su cónyuge, por ser del mismo sexo, consideró que el concepto “se inserta en la libertad cívica y en el liberalismo filosófico que reconoce la libertad como un valor supremo”.

A su vez, David Marmolejo, también docente de la UACM en el área de ciencias de la salud, y quien también sostiene un proceso legal contra el ISSSTE por no afiliar a su esposo, opinó que la reforma es un gran avance para los argumentos jurídicos en la defensa de los derechos sexuales y un reconocimiento a la diversidad sexual en la sociedad actual.

Sobre el término “preferencias sexuales”, el catedrático mencionó que es claro, “la reforma es congruente y el concepto se entiende claramente”.

Marmolejo recalcó que la reforma es una acción positiva para los matrimonios del mismo sexo, “ahora se podrá recurrir a un amparo en favor a los derechos de salud como expresa la Constitución, sólo falta que las constituciones estatales reproduzcan el artículo”.

Por su parte, Hazel Gloria Davenport, activista transexual de la Asociación Pro Diana, señaló que la inclusión del término en la Constitución es un avance, pero consideró necesario continuarlo, “ya que si bien es cierto que se maneja preferencia sexual, las personastransgénero seguimos invisibilizadas”.

Al respecto, la también fotógrafa acotó que este tipo de cambios solamente incluyen a la homosexualidad como un concepto universal y a personas que tengan una libertad de preferencias sexuales pero no habla de orientación sexual, ni establece la diferencia entre preferencia y orientación sexual, la cual es un acto involuntario porque es una característica de las personas.

José Cruz, presidente de la organización Tabasqueños Unidos por la Diversidad y la Salud Sexual (Tudyssex), dijo que este es un logro porque reconocer la preferencia sexual de las personas es una actitud incluyente, aunque consideró que el concepto orientación sexual hubiera sido más específico.

Sobre el proceso, Cruz indicó que se dio un gran paso en el Senado pero “falta que pase el ciclo de los estados”, lo cual es preocupante porque algunas entidades “son realmente moralistas y pueden intentar no aplicar la reforma”.

Mediante un comunicado de prensa, el Sistema de las Naciones Unidas en México (ONU México), aseveró que la aprobación de la reforma en materia de derechos humanos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos significó el avance más importante en favor al respeto y garantía de los derechos fundamentales en los últimos años.

La agencia internacional consideró que la reforma constitucional servirá en el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y dará un nuevo desarrollo a la nación, en el ámbito del trabajo de las 21 agencias integrantes de la ONU México.

Así, ONU México exhortó a los congresos estatales para que convaliden la reforma del Senado a la brevedad, para garantizar su efectividad.


 
Cumple un año matrimonio gay en el DF

* En ese lapso 699 parejas han ejercido su derecho a contraer nupcias * Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero y Benito Juárez, las demarcaciones con el mayor número de consortes

Redacción / NotieSe


De acuerdo con cifras de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal (GDF), hasta el pasado 1 de marzo se han celebrado 699 uniones entre personas del mismo sexo: 367 parejas de hombres y 333 parejas de mujeres.

A un año de haber entrado en vigor las reformas al artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal que permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo, la Consejería encabezada por Leticia Bonifaz informó que del total de quienes han contraído nupcias en la capital del país, mil 325 son consortes mexicanos y 73 extranjeros. Las delegaciones con el mayor número de cónyuges son Cuauhtémoc (243), Gustavo A. Madero con (196) y Benito Juárez (177).

El rango de edad más frecuente de los consortes es de 31 a 40 años (456), de 21 a 30 años (439) y de 41 a 50 años (294). Por el régimen de sociedad conyugal están casadas 466 parejas y por separación de bienes 233.

Cabe destacar que las modificaciones legales a los artículos 146, 237, 291 bis, 294, 391 y 724 del Código Civil del Distrito Federal, así como 216 y 942 del Código de Procedimientos Civiles aprobadas en diciembre de 2009 por la V Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y que entraron en vigor el 4 de marzo de 2010, hacen lícitos estos matrimonios en la ciudad de México, los cuales pueden ser reconocidos en el resto de la república.

Con estas reformas, el DF se convirtió en la primera jurisdicción en América Latina y la decimocuarta en el mundo en aprobar las nupcias entre personas del mismo sexo, precedida por los Países Bajos, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia y seis entidades de Estados Unidos.

Cobijado por el derecho a la no discriminación, el actual artículo 146 del Código Civil del DF estipula que el “Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el juez del Registro Civil y con las formalidades que estipule el presente código”.

Entre los derechos hoy reconocidos para los matrimonios entre personas del mismo sexo se encuentran los conyugales que incluyen la adopción, las posibilidades de heredar bienes, el derecho a incluir a la pareja en las pólizas de seguros y la adquisición común de un crédito bancario.

Respecto a la seguridad social, este es un derecho que aún no se reconoce a todas las parejas del mismo sexo, ya que su cumplimiento depende, en su gran mayoría, de instituciones públicas del ámbito federal, cuya legislación no contempla este tipo de matrimonios.


País de familias diversas

Antonio Medina / NotieSe


Nuestro país es heredero de una centenaria tradición familiar. Lejos de estereotipos y visiones moralistas, las familias mexicanas se han constituido por encima de normas jurídicas, ritos religiosos o estereotipos impuestos por la publicidad conservadora.

Es así que en México coexisten familias tan diversas como lo es la gran nación mexicana en expresiones culturales, ecosistemas, razas, lenguas, gastronomía y formas de pensamiento.

En el diario acontecer de las familias mexicanas se viven realidades lejanas al deber ser familiar, pues un porcentaje amplio de ellas sufren los estragos de la economía, las recurrentes crisis y malas decisiones políticas de quienes gobiernan.

Es común ver que las familias mexicanas sobrevivan bajo esquemas prácticos de solidaridad lejanos al ideal impuesto por una elite empresarial y política, que ilusoriamente piensa, por ejemplo, que una familia puede sobrevivir con seis mil pesos al mes.

Las familias de México están por encima del poder político para resolver problemas derivados de equivocaciones en el gasto público, violación endémica de derechos laborales o visiones políticas de corto plazo que afectan a viejas y nuevas generaciones.

En este sentido, la idea de imponer el primer domingo de marzo como el Día de la Familia por parte de un sector del empresariado mexicano y del partido en el poder, no tiene sentido en un momento en que se están gestando movimientos que defienden procesos democráticos de convivencia en la esfera social y que impactan al interior de la gran mayoría de las familias mexicanas, sean nucleares, “naturales”, compuestas, extensas, unipersonales u homoparentales.

Por ello, es erróneo dar por hecho que existe La Familia Mexicana y que ésta tiene formas de convivencia, creencias, alternativas de consumo o gustos iguales. Nada de eso es real. Lo que sí es real, es que a todas las familias de México les afecta la discriminación social de cualquiera de sus miembros o la exclusión de derechos y servicios puestos por el Estado solamente para responder a las necesidades de las familias nucleares.

Sería bueno conocer, por ejemplo, el impacto directo en la desintegración familiar que ha provocado la lucha del gobierno federal contra el narcotráfico y si el monumental gasto erogado por la Federación para tal propósito es proporcional a la integración de familias de escasos recursos o de las clases medias que han visto cómo se desploma su nivel adquisitivo en la última década, entre otras cosas, por climas no favorables para vivir en lugares de conflicto.

Otro dato que resultaría útil saber es si el gobierno federal, con sus políticas recientes realmente ha logrado mitigar la miseria que dejó el sexenio de Vicente Fox y sus antecesores en materia de salud, educación, vivienda o acceso a la justicia. Al parecer, el gasto que debería robustecerse en estos aspectos, ha ido a parar a las arcas del Ejército Mexicano, que sortea una guerra frontal contra los narcotraficantes, sin que hasta el momento se vean resultados contundentes.

Desde luego que sería bueno saber si ese gasto estratosférico ha repercutido en una verdadera defensa de los derechos humanos de la población, que de paso hay que decir, han sido trastocados a niveles insospechados en los últimos cuatro años, con la venia de la mayoría de los organismos encargados de velar por los derechos humanos.

Algunas de las respuestas a estos cuestionamientos están a simple vista: masacres en donde pierden la vida centenares de personas (civiles, delincuentes, policías, militares, funcionarios públicos, migrantes); familias completas en el desamparo legal y la indefensión ante criminales y autoridades; desintegración familiar en sectores particularmente vulnerables; violencia endémica en grandes grupos poblacionales; altos índices de desnutrición; falta de acceso a la educación y la salud en grandes sectores. Todo ello aderezado de una monumental corrupción y saqueo del gasto público a todos los niveles de gobierno.

Es por ello que no resulta complicado dilucidar los motivos de los conservadores para comercializar el ideal de La Familia del Siglo XXI en una suerte de mentira repetida ad infinitum en sus medios de comunicación, donde refuerzan una aspiración colectiva que induce a las teleaudiencias a creer que esa realidad existe aunque no sea así.

Esta apuesta ideológica se gestó precisamente al inicio del milenio y en pleno empoderamiento del grupo político que llevó al conservador Partido Acción Nacional a la Presidencia de la República.

Esa élite empresarial y política es la que implantó el primer domingo de marzo como el Día de la Familia. Esa fecha no fue elegida inocentemente, pues los conservadores que idearon tal “festividad” lo hicieron pensando en tener un día que fuera contrapeso al 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, propuesto por Naciones Unidas a propósito de sucesos de 1908 en el que mujeres trabajadoras murieron calcinadas debido a precarias condiciones laborales en Nueva York, por lo que la efeméride reivindica el importante papel de las mujeres en la sociedad.

Otra fecha a neutralizar con el enigma de La Familia es el 21 de marzo, una efeméride muy significativa para quienes reivindicamos la laicidad del Estado, pues los conservadores ven esa fecha histórica como una afrenta a los principios religiosos que promulgan a la familia natural como la célula básica de la sociedad y que ésta debe estar conformada por un hombre, una mujer e hijos. Todo aquello que salga de ese esquema, se considera como agraviante al mandato divino y como un esquema falto de solvencia moral que hay que “reparar”.

En este sentido, los empresarios que pertenecen al Consejo de la Comunicación le apuestan al poder de sus medios para influir en el imaginario social a través de la comercialización del ideal de familia que ellos conciben, dejando de lado la gran diversidad de composiciones familiares que enriquecen culturalmente a la sociedad mexicana.

Las familias diversas, esas que día a día construyen la gran nación mexicana en todos los ámbitos sociales, requieren ser reconocidas y tomadas en cuenta en los presupuestos públicos, al tiempo que se deben visibilizar sus necesidades, pues la exclusión en la toma de decisiones políticas, sin duda, las hace más vulnerables.



La abstinencia se rompe más que el condón

Leonardo Bastida Aguilar


* Debe hablarse del preservativo como símbolo de amor y seguridad: Orlov, líder religioso * Las iglesias no deben propiciar desinformación en materia de sexualidad * Muchas veces un diagnóstico médico se convierte en un diagnóstico moral

“Nosotros no trabajamos con ángeles, sino con humanos, por eso pensamos que muchas veces la abstinencia se rompe más frecuentemente que el condón”, mencionó Lisandro Orlov, pastor de la Iglesia Evangélica Luterana Unida de Argentina, al explicar las causas por las cuales las propuestas de ciertas agrupaciones religiosas no son factibles en la lucha contra el VIH/sida.

El coordinador de Pastoral Ecuménica VIH/sida, indicó que las iglesias deben hablar del condón con el argumento teológico de que “su uso es símbolo de responsabilidad, amor y seguridad”, además deben erradicar la idea de que el preservativo se utiliza para evitar un embarazo y fomentar la que asegura que su uso es para evitar una infección de transmisión sexual.

En charla con NotieSe, el teólogo y promotor del diálogo interreligioso en la lucha contra el VIH, añadió que no debe debatirse si el condón es bueno o no, sino la importancia de que las personas tengan acceso a información sobre el tema. “Las iglesias pueden promover la castidad hasta el matrimonio y muchas otras cosas, pero no deben propiciar la desinformación en materia de sexualidad”.

El miedo

“Las iglesias tienen miedo al VIH porque representa un problema que les llevaría a preguntarse quiénes son”, señaló Orlov, pastor luterano con más de 20 años de trabajo contra la epidemia en el Hostal Solidario, espacio ubicado en Buenos Aires, Argentina, que aloja a personas con VIH cuyas posibilidades económicas son escasas.

Como resultado de su experiencia, el ministro religioso de visita en México con motivo de la Consulta Regional y Reunión de Alto Nivel sobre Acceso Universal, Prevención, Atención, Tratamiento, Apoyo y Cuidado en VIH/sida, mencionó que para las iglesias abordar el tema del VIH implica una “autoconversión de los ministros de culto” debido a que debe haber un cambio desde el lenguaje hasta el discurso teológico para no discriminar a quienes han sido afectados por el virus, además de abordar el tema desde la perspectiva de salud y no de la fe.

Lisandro Orlov comentó que quienes viven con VIH no esperan compasión sino justicia, pues muchas veces un diagnóstico médico se convierte en un diagnóstico moral que provoca la ruptura de los lazos con la sociedad.

“La función de las iglesias debe ser recomponer los lazos de equidad, la solidaridad y la justicia. Nuestro punto de arranque no es el virus sino la persona”, aseguró el ministro de culto, quien añadió que un tema primordial en su labor contra el VIH es erradicar el estigma y la discriminación.

De esta manera, Orlov señaló que la respuesta por parte de las agrupaciones religiosas no ha sido del todo satisfactoria, ya que la mayoría de ellas no se ha pronunciado sobre el VIH/sida, o lo hacen con años de retraso, como sucedió con la Iglesia católica que tardó más de 25 años para hablar sobre el uso del condón, “y lo hizo de una manera ambigua”.

Acotó que en la mayoría de las iglesias, “las voces oficiales permanecen calladas, pero hay otros proyectos en las bases sociales que trabajan el tema y con la gente a pesar de que se los prohíbe su credo, por ejemplo sacerdotes paraguayos que trabajan con travestis en la lectura del evangelio”.

Sobre su labor pastoral, Orlov señaló que su trabajo en la materia se debe a que la realidad le impuso dar una respuesta, por lo que luego del trabajo iniciado con visitas a personas con VIH en los hospitales de Buenos Aires, optó por visibilizar y nombrar a sectores vulnerables como las y los trabajadores sexuales, los hombres que tienen sexo con hombres, y los usuarios de drogas inyectables, para empezar a combatir la discriminación ejercida en su contra.

Por último, Lisandro Orlov, dijo a esta agencia que los más de 20 años de trabajo, publicaciones que explican el uso del condón, debates sobre la epidemia, exigencia a otras iglesias para pronunciarse sobre el tema y labor pastoral con personas VIH positivas tienen como finalidad “cambiar la visión del VIH/sida”.

viernes, 25 de marzo de 2011

Aplicación de la justicia y el derecho. David Arredondo Rodríguez.

Profesor: Está autorizada la publicación.-
Gracias, saludos.
David Arredondo

I. INTRODUCCIÓN.
El tema de Derecho y de Justicia se hace polémico e interesante, puesto que en ocasiones pareciera contraponerse una de otra pero a la vez siempre van de la mano, el derecho significa que está conforme a la norma y está inspirado en postulados de justicia regidos por una autoridad u organización y regula el comportamiento del ser humano en sociedad, mismo que Eduardo G. Maynes lo describe de la siguiente manera.- “Derecho es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible.- son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público”; mientras que la justicia de acuerdo a Harnoldo R. Gavernet, es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas; de esta forma nos damos cuenta que diversas países en diferentes épocas han aplicado el Derecho de acuerdo a criterios de cultura y civilización en cada pueblo o sociedad; sin embargo, ¿se ha aplicado en cada una de esta épocas La Justicia?

II. DEDICATORIA.
Este ensayo está dedicado a cada uno de los integrantes de la humanidad que de alguna forma han padecido los embates de la injusticia al aplicarles el Derecho.

III. DESARROLLO.
El ser humano desde sus albores, ha constituido grupos con marcadas diferencias, desde que se dio cuenta de su raciocinio ha tratado de sobrevivir atacando al más débil e imponiendo su criterio, sin embargo fue en Roma donde se habló por primera vez de justicia, la cual hacía alusión a los derechos del hombre y de Dios, así a través de la historia el ser humano ha utilizado diferentes formas de imponer su poder y de juzgar al que va en contra de, según en cada época, lo justo.

Desde tiempos antiguos al infractor se le ha causado dolores y sufrimientos mismos que refieren la reparación del daño y el perdón a Dios, los hebreos por ejemplo imponían la pena de muerte por medio de la crucifixión, clavándolos en maderos, los mexicas y mayas imponían sacrificios muy sangrientos y dolorosos a los Dioses, sin embargo la época más marcada fue la época de la Inquisición en la que se aplicaba la tortura por medio de diferentes maquinas y artefactos; según Peters Edward (1987), la tortura, es el acto de causar daño físico o psicológico, ya sea por medio de máquinas, artefactos o sin ellos, sin el consentimiento y en contra de la voluntad de la víctima, generándose la figura legal de apremio ilegítimo; o bien con el consentimiento de la víctima (sadomasoquismo), vinculado principalmente al dolor físico y/o quebrantamiento moral que puede o no desembocar en la muerte.

Se han presentado muchos sucesos y acontecimientos en los cuales se reconoce que el ser humano tiene una dignidad y merece ser respetado; hasta ahorita la más importante es La Declaración de Derechos Humanos, decretada por la O.N.U.; sin embargo el origen de los derechos del hombre se remontan según Nino, Carlos S., en su escrito “Ética y Derechos Humanos”: En uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos y es el “Cilindro de Ciro”, que contiene una declaración del rey persa, “Ciro El Grande”, tras su conquista de Babilonia en el año 539 a. C.; fue descubierto en 1879 y la O.N.U. lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del “Rey Justo”, cuyo primer ejemplo conocido es el “Rey Urukagina”, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también “Hammurabi” de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII A. C.; el Cilindro de Ciro presenta unas características religiosas muy importantes, mismo que ha sido valorado positivamente por expertos por su sentido humanista e inclusive se le ha considerado como LA PRIMERA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS.

Los Derechos Humanos, como lo indica El Manual de Derechos Humanos del E.M.D.N., nacieron como principios de justicia y son universalmente válidos, se colocan bajo cualquier norma escrita, aún si son o no reconocidos por la ley, son una necesidad básica y una exigencia social, se basan en una exigencia de la humanidad para obtener una vida con dignidad, respeto y protección.

En México se tiene una marcada costumbre en este tema; como lo indica el mismo Manual de Derechos Humanos: Miguel Hidalgo y Costilla promulgó en Guadalajara, Jal. El texto “Bando de Hidalgo” el cual contenía un programa social libertador y en el que se proclamaba abolida la esclavitud; Ignacio López Rayón con sus “Elementos Constitucionales”, publicó el ideario del Movimiento Insurgente (Agosto 1811), manifestando “que la América es libre e independiente de toda otra nación; José María Morelos y Pavón en “Los Sentimientos de la Nación” que fueron plasmados en la Constitución de Apatzingan de 1814, y que también proscribe la esclavitud y prohíbe la tortura; posteriormente por primera vez se establecen las garantías individuales en la Legislación Mexicana dentro del capítulo V de la misma Constitución bajo el rubro de la Igualdad, seguridad, propiedad y Libertad; la Constitución de la República Mexicana de 1857 consagraba los derechos del hombre como base y objetivo de las instituciones sociales; en 1910 surgió el movimiento revolucionario por los abusos de los derechos fundamentales del pueblo, el cual culmina con la promulgación de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE 1917, que contempla el capítulo de las Garantías Individuales y Los Derechos Sociales; posteriormente en 1992 la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos con rango constitucional y basada en una oficina que dependía de la Secretaría de Gobernación y que con el apoyo de diversas instituciones civiles se constituye en la Comisión antes citada, ya que esta Secretaría no podía actuar como juez y parte.

Hablando en el campo internacional se tienen los siguientes registros: La Carta Magna Inglesa del Rey Juan Sin Tierra (1215), en la que se estableció principios de igualdad y de libertad; La Corona Inglesa que dio facultades legislativas al parlamento asumiendo un papel que favoreció las libertades públicas y consagró derechos para el pueblo llegando al estatuto llamado “Bill Of Rights” en 1689; en la época moderna se inicia un proceso a favor de los Derechos Humanos con algunas declaraciones: “Buen Pueblo de Virginia”, primer ordenamiento americano; “Declaración Francesa”, de derechos del hombre y el ciudadano, promulgada en el reinado de Luis XVI; en esta etapa existe un reconocimiento de los derechos y libertades básicas del hombre, ya que se reconocen por primera vez y de manera solemne los derechos naturales; lo más sobresaliente de estas declaraciones es que se manifiestan los derechos como pertenecientes al hombre por el sólo hecho de serlo, así mismo se les da el carácter de universales; ahora bien la internacionalización de los Derechos Humanos se da en 1945 en la ONU, como anteriormente se mencionó, la O.E.A. y La Comunidad Europea, para protección de los derechos del hombre y la mujer en todo el mundo por medio de Tratados y Convenios como los siguientes: Carta de la Organización de las Naciones Unidas, o “Carta de San Francisco”, que promueve el respeto universal de Derechos Humanos; Declaración Interamericana de los Derechos y Deberes de Bogotá, desde entonces hay consenso en la comunidad internacional; Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), aprobada en París por la Asamblea de la Naciones Unidas; Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; los Convenios de Ginebra, entre otros.

Hemos visto a través de la historia que el hombre mismo se preocupa por llevar una vida recta, no obstante, por naturaleza es rebelde, ¿cuántas organizaciones?, ¿cuántas instituciones se han ocupado de defender y estructurar estos derechos humanos? Y ¿podemos afirmar que se llevan a cabo?; recientemente se estrenó la película “Presunto Culpable” en la que se refleja de manera real el sistema jurídico en México, dejando en duda y con muchas interrogantes en el aire, inclusive a los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; es un sistema que existe y que difícilmente podemos reestructurarlo; los países más poderosos siguen aprovechándose de la debilidad de los más pobres; los más ricos explotando a los más necesitados y marginados a través de la corrupción, el consumismo, la droga, explotación de la cultura y una inadecuada y tendenciosa comunicación.

IV. CONCLUSIÓN.
Qué debió haber cometido el ser humano para pagar todas esas atrocidades si tanto el que las impone como el que las sufre no terminan por descubrir y entender que la plena felicidad es vivir en armonía y que lejos de actuar como un ser irracional, ya que es el único en este mundo que actúa de esa manera, atropellando y matando a sus semejantes, lo único que está ocasionando es su perdición misma; nos queda una reflexión profunda y una responsabilidad de descubrir la solución ante aberrante problema.

 
Bibliografía:

-Evolución Histórica del Derecho Romano, Harnoldo Ramón Gavernet, Edit. Lex, 1992.
-Principios de Derecho, Eduardo G. Maynes.
-Manual de Derechos Humanos, E.M.D.N. Abril 2002.

Código de Hammurabi. David Eduardo Carranza Núñez

Con autorización expresa del autor, se reproduce: 
 
 
Introducción
Siendo este uno de los primeros contactos con el mundo del Derecho es primordial empezar por escudriñar una de las Fuentes del Derecho; la Fuente Histórica.
 
El presente trabajo versa sobre un conjunto de leyes grabado en piedra de diorita negra denominado Código de Hammurabi, es un hallazgo de arqueólogos franceses en el año de 1901.
 
Este conjunto de Leyes tan antiguo es equivalente a lo que nuestros legisladores tratan de lograr con la generación de Leyes en la sociedad actual, lo que demuestra que el regular a los individuos en sociedad es una necesidad imperativa para la convivencia en armonía.
 
Veremos algunos artículos que dan una idea de cómo era regido el individuo en la sociedad donde fue generado este Código, no mencionaremos todos debido a que el Código es muy amplio y tiene más de 280 artículos, pero el extracto que presentaremos nos dan una clara idea de lo que este monarca de la dinastía Amorrea de Babilonia intentó lograr.
 
Revisaremos algunos artículos y posteriormente se expondrá la opinión de quien firma, esperamos aportar algo útil confiando en nuestro análisis.
 
Desarrollo
El Código de Hammurabi es nuestra mayor fortuna en materia de códigos remotos. Fue encontrado en las ruinas de Susa, no en las de Babilonia, donde se engendró, porque el legislador hizo llegar copias del código a todas partes.
 
Hammurabi, sexto monarca de la dinastía amorrea de Babilonia, reinó, por largos años, hacia 1700 a.C., aproximadamente.
 
Se cree que promulgó el código por el año 40 de su mandato, que fue grabado en lengua acadia y con signos cuneiformes. La piedra contiene doscientos ochenta y dos artículos.
 
A continuación menciono algunos de los artículos plasmados en el Código de Hammurabi:
 
  • Si uno ha acusado y ha embrujado a otro y no puede justificarse, es condenable a muerte.
  • Si uno embrujó a otro y no puede justificarse, el embrujado irá al río, se arrojará; si el río lo ahoga, el que lo ha embrujado heredará su casa; si el río lo absuelve y lo devuelve salvo, el brujo es condenable a muerte y el embrujado tomará su casa. 
  • Si uno en un proceso ha dado testimonio de cargo y no ha probado la palabra que dijo, si este proceso es por un crimen que podría acarrear la muerte, este hombre es condenable a muerte. 
  • Si se ha prestado un testimonio semejante en un proceso de trigo y plata, recibirá la pena de este proceso.
  • Si un juez ha sentenciado en un proceso y dado un documento sellado con su sentencia, y luego cambió su decisión, este juez será convicto de haber cambiado la sentencia que había dictado y pagará hasta 12 veces el reclamo que motivó el proceso y públicamente se le expulsará de su lugar en el tribunal y no participará más con los jueces en un proceso. 
  • Si uno robó el tesoro del dios o del palacio, recibirá la muerte y el que hubiere recibido de su mano el objeto robado, recibirá la muerte.
  • Si uno compró o recibió en depósito, sin testigos ni contrato, oro, plata, esclavo varón o hembra, buey o carnero, asno o cualquier otra cosa, de manos de un hijo de otro o de un esclavo de otro, es asimilado a un ladrón y condenable a muerte.
 
Nota: Como podrán observar todos los artículos están escritos en forma condicional, es decir; si existe determinado hecho o situación entonces hay una prescripción o castigo.
 
Era importante la existencia de testigos y se menciona la figura de Jueces, algo muy similar a nuestra actualidad donde los testigos y los jueces juegan un rol importante y determinante en el proceso de justicia. Las acciones de justicia son impuestas y el castigado debe cumplir, incluso el acusado pudiera ser absuelto como el caso de la brujería si se dan situaciones que no parecen ser claras, como el sobrevivir después de haberse arrojado al río.
 
  • Si uno robó un buey, un carnero, un asno, un cerdo o una barca al dios o al palacio, si es la propiedad de un dios o de un palacio, devolverá hasta 30 veces, si es de un muskenum, devolverá hasta 10 veces. Si no puede cumplir, es condenable a muerte.
  • Si uno que perdió algo lo encuentra en manos de otro, si aquel en cuya mano se encontró la cosa perdida dice: "Un vendedor me lo vendió y lo compré ante testigos"; y si el dueño del objeto perdido dice: "Traeré testigos que reconozcan mi cosa perdida", el comprador llevará al vendedor que le vendió y los testigos de la venta; y el dueño de la cosa perdida llevará los testigos que conozcan su objeto perdido; los jueces examinarán sus palabras. Y los testigos de la venta, y los testigos que conozcan la cosa perdida dirán ante el dios lo que sepan. El vendedor es un ladrón, será muerto. El dueño de la cosa perdida la recuperará. El comprador tomará en la casa del vendedor la plata que había pagado.
  • Si el comprador no ha llevado al vendedor y los testigos de la venta; si el dueño de la cosa perdida ha llevado los testigos que conozcan su cosa perdida: El comprador es un ladrón, será muerto. El dueño de la cosa perdida la recuperará.
  • Si el dueño de la cosa perdida no ha llevado los testigos que conozcan la cosa perdida: Es culpable, ha levantado calumnia, será muerto.
  • Si el vendedor ha muerto, el comprador tomará hasta 5 veces en la casa del vendedor del objeto de la reclamación de este proceso.
  • Si este hombre no tiene sus testigos cerca, los jueces fijarán un plazo de hasta 6 meses; si al sexto mes no ha traído sus testigos, es culpable y sufrirá el castigo de este proceso.
  • Si uno robó el hijito de un hombre libre, será muerto.
  • Si uno sacó un esclavo o esclava del palacio, un esclavo o esclava de un muskenum, será muerto.
  • Si uno alberga en su casa un esclavo o esclava prófugos del palacio o de un muskenum, y no lo hace salir al requerimiento del mayordomo, el dueño de casa será muerto.
  • Si uno capturó en el campo un esclavo o esclava prófugos y lo llevó a su dueño, el dueño del esclavo le dará dos siclos de plata. 
Nota: El concepto de reposición del daño también estaba mencionado en el Código, hacía diferencia en las clases sociales, tal es el caso del “muskenum”, quien era un siervo o súbdito mayormente dedicado a labores agrícolas, había diferencia en las multas que se debían pagar, no era lo mismo el muskenum que un esclavo, o el hurto en palacio, las penas eran distintas.
 
  • Si este esclavo se niega a dar el nombre de su amo, se lo llevará al palacio y su secreto será allí develado, y se lo devolverá al amo.
  • Si uno guarda al esclavo en su casa y se lo encuentra en su poder, este hombre sufrirá la muerte.
  • Si el esclavo se escapa de las manos de su captor, éste lo jurará al amo del esclavo, y será libre de responsabilidad.
  • Si uno perforó una casa, se lo matará y enterrará frente a la brecha.
  • Si uno ejerció el bandidaje y es atrapado, recibirá la muerte.
  • Si el bandido no fue apresado, el hombre despojado prestará juramento de todo lo que ha sido despojado, y la ciudad y el jeque en cuyos límites fue el despojo, le devolverán todo lo que perdió.
  • Si se trata de una persona, la ciudad y el jeque pagarán una mina de plata.
  • Si se incendió la casa de uno, y otro que fue para extinguirlo se ha apoderado de algún bien del dueño de la casa, será arrojado en el mismo fuego.
  • Si un oficial o soldado que recibió orden de marchar en una expedición oficial, no marchó, aunque hubiese enviado un mercenario y éste hubiera ido, este oficial o soldado recibirá la muerte y su reemplazante tomará su casa.
  • Si un oficial o soldado es tomado prisionero en la derrota del rey, se darán sus campos y su huerto a otro que ejerza la gestión. Cuando regrese se le devolverán sus campos y huerta, y ejercerá su gestión por sí mismo.
  • Si un oficial o soldado prisionero en la derrota del rey tiene un hijo capaz de ejercer su gestión, se le dará a éste campo y huerta y ejercerá la gestión por su padre.
  • Si el hijo es menor y no puede cuidar la gestión de los negocios de su padre, un tercio del campo y de la huerta se dará a la madre, y la madre lo educará.
  • Si el oficial o soldado, desde el comienzo de su gestión ha descuidado y abandonado su campo, huerto y casa, y otro después ha cuidado su campo, huerto y casa, y durante tres años ha ejercido su gestión, cuando aquél vuelva y pida su campo, huerto y casa, el otro no se los dará; el que los cuidó y administró, continuará explotándolos.
  • Si durante un año solamente dejó inexplotado, y vuelve, el otro le devolverá su campo, huerto y casa, y él recuperará la administración.
  • Si un comerciante ha pagado el rescate de un oficial o soldado del rey, prisioneros en una campaña, y les ha hecho volver a su ciudad, si tiene en su casa con qué pagar al comerciante, él mismo le pagará; si en su casa no tiene cómo pagar, será liberado por el templo de la ciudad; si en el templo de su ciudad no hay cómo pagar, el palacio lo liberará. Su campo, su huerto y su casa no serán cedidos por su rescate.
Nota: El Código maneja conceptos como la herencia, la recompensa para quien cumple determinado acto, también el castigo por no cumplir una encomienda como el caso de un soldado, en la mayoría la pena es la muerte, es una forma de regir muy simple ya que casi todo está determinado por el Código y su observación es muy dura en la ejecución.
 
Era un sistema donde el temor al castigo tan fuerte era la herramienta para prevenir la mala conducta en el individuo.
 
  • Si un gobernador o un prefecto han reclutado por la fuerza un soldado o si han aceptado un mercenario como sustituto de un soldado, este gobernador y este prefecto recibirán la muerte.
  • Si un gobernador o un prefecto se han apoderado de los bienes de un oficial, han causado daño a un oficial, han dado en alquiler un oficial, han regalado un oficial, en un proceso, a uno más poderoso, han quitado a un oficial el regalo que el rey le había dado, este gobernador y este prefecto recibirán la muerte.
  • Si uno ha comprado a un oficial, bueyes o carneros que le dio el rey al oficial, pierde su dinero.
 
Conclusiones
La Fuente histórica es una gran referencia porque nos da una panorámica de la generación de Leyes en determinada época y puede uno transportarse a la realidad que vivía la población de esos tiempos. Sin importar qué es lo predominante de cada época, lo que se percibe es la necesidad de regular la conducta del individuo, ya que el ser humano por su naturaleza necesita enmarcar su convivencia con reglas de observancia general, este código busca generar o exigir determinado comportamiento del hombre al igual que lo buscan hacer las normas jurídicas vigentes en nuestros días.
 
Se puede encontrar mucho parecido en la esencia de estos artículos con lo que se pretende lograr en nuestro sistema, obviamente el respeto a la vida es más vigilado hoy que en la época de Hammurabi.
 
Este tipo de fuentes son de mucha utilidad para la creación de Leyes, ya que nos permiten ver aunque con diferencias lo que se hacía en otra época o sociedad, podemos analizar la forma de pensar de legisladores antiguos que en su tiempo enfrentaban lo mismo que los actuales.
 
Es increíble cómo en tiempos de Hammurabi en la Ley había un apartado para la brujería, es decir, se daba por sentado la existencia de la misma y el cometer dichos actos tenía consecuencias, algo impensable en nuestra sociedad y sistema jurídico.
 
Así como la costumbre es una fuente del Derecho y su transcurrir en el tiempo va modificando el acto para convertirlo en ley a base de repetirse, la Fuente histórica al permitirnos evaluar leyes como este código nos proporciona una herramienta para entender los orígenes del Derecho y su evolución hasta nuestros días.
 
http://www.revistadelauniversidad.unam.mx/3907/pdfs/107-108.pdf


 

"La Madre de nuestros Elementos”. Edgar Jasiel Rosales Alemán

4 Elementos


Gran hombre que aprovechas, nuestros cuatro elementos

Agua, tierra, aire y fuego, pero siempre los tomas como un juego

Nuestra agua que te provee vida, nuestra tierra que te provee alimento

El aire que te mantiene vivo, el fuego que usas hombre tonto para dar escarmiento.


Hombre, Naturaleza y su paternal conexión.
Naturaleza tú que siempre toleras la ignorancia del hombre
tú que nunca nos dejas solos como una figura paterna
y aun así como adolescente descarrilado, nos tomas de la mano
extendiendo tu conexión aunque mal te tratemos.


Animales, Belleza exótica y rara.
Del sufrimiento de los animales otros disfrutan una vida plena
Con la belleza de los animales, muchos se visten con pieles de seda
Exótica y rara fauna que de la belleza de tus animales vivimos
Que lástima que el mundo esté hundido en su cinismo.




Miremos más allá de la ventana de nuestra casa,


del mismo canino, de siempre estar viendo el mismo tipo de raza


existen problemas mayores para el mundo en que vivimos


pronto vendrá a rendir cuentas por todo aquello que destruimos.


Edgar Jasiel Rosales Alemán 25/09/2011 2:10 a.m.


Reproducido con autorización expresa del autor.
José Manuel Gómez Porchini

La procuración y administación de justicia en nuestro país. Jesús A. Vallejo Mauricio.


Hace unos días tuve la oportunidad de poder ir a ver el Documental realizado por investigadores del CIDE “Presunto culpable”, donde se puede observar claramente la deficiencia que tiene actualmente nuestro país en cuanto a la impartición de Justicia por parte de nuestras autoridades encargadas de velar y proteger los derechos tanto de la víctima, del ofendido y del presunto responsable.

Si en todos los juicios de todas las áreas a cubrir, digamos en lo civil, penal, laboral, administrativo, etc., se filmaran, nos daríamos cuenta de muchas anomalías en los procesos, muchas arbitrariedades, tal y como se demuestra en el documental antes citado.

Pero sería una manera de cómo evidenciar la falta de preparación y capacitación de parte de nuestros juzgadores y, la falta de preparación y de compromiso en su labor de investigadores de los agentes de los ministerios públicos en nuestro país, que se sienten con mucha autoridad para poder hacer y deshacer en sus funciones de investigación.

Es cierto que en las prisiones de nuestro país, hay gente inocente, que no tiene recursos económicos para pagar su fianza, que ha cometido una falta menor o que en realidad nunca estuvo en el hecho, pero que por el simple hecho de ser parecido al que lo realizó lo procesan y lo hacen responsable de un delito que nunca cometió. O lo más lamentable, que hay personas procesadas de etnia indígena, que por el simple hecho de hablar un dialecto diferente al nuestro, no se les protege y no se les da su garantía constitucional, de facilitarles un traductor para defenderse en un juicio donde nada tiene que ver. Esto sí es muy lamentable.

La sociedad está en un cambio constante, donde los delitos cometidos son nuevos o de los que ya se tienen clasificados en el catálogo de delitos en el código penal federal o local, se distorsionan para convertirse en un nuevo tipo de delito, ante lo anterior, urge que nuestros legisladores se pongan a estudiar tanto en la teoría como en la práctica. Ya no son los tiempos de antes, donde el legislador podía ver con claridad muchas cuestiones que pasaban en su entorno, ahora las costumbres, usos y hábitos cambian, es una sociedad con un modo de educar y actuar diferente, un ejemplo claro es la aparición de la tecnología, dándose en la actualidad delitos cibernéticos, antes ni por error pensar en un delito de este tipo.

Pero no sólo hace falta ver hacia a fuera, se debe comenzar desde la estructura principal, estamos hablando de la estructura administrativa y funcional de los juzgados, tribunales y ministerios públicos, cuyas responsabilidades por su mal actuar se deben cuestionar y reglamentar, reparando éste el daño que ocasione al afectado por su indebido actuar. Que se cumpla con lo establecido en los reglamentos internos de cada dependencia, encargada de velar por la protección de las garantías constitucionales de los ciudadanos. Que se dé la capacitación necesaria a los servidores públicos para evitar injusticias, que para eso el gobierno federal y el estatal destinan partidas presupuestarias, porque es lamentable encontrarse con los ministerios públicos o jueces de cualquier nivel no capacitados, dificultándose con ello poder demostrar los hechos que son esenciales para fundamentar . O que a sabiendas de que es un caso muy claro poder dictar la sentencia en los plazos señalados por la Ley Suprema, código o ley local.

Un ejemplo lo encontramos en el caso de hace unos cuantos meses (8 meses), que le dieron un golpe al vehículo de mi padre, estando estacionado, reuniéndose en el momento todos los elementos esenciales de la culpabilidad del sujeto que arremete contra el vehículo estacionado, el MP hizo muy mal su trabajo de investigación, ¿qué se puede esperar de un juzgado dónde todavía no se dicta sentencia, qué elementos necesitan ahora para demostrar la culpabilidad de algo que es evidente y que ya va para un año el asunto, será que el Ministerio Público hizo mal su chamba o el juez por medio de sus subordinados no se han enfocado al análisis del asunto? Pero eso sí, ninguno de los servidores públicos pagará por tener un vehículo en el corralón durante el tiempo que dure el juicio, al menos que el que gane pague por su liberación. ¿Se ganó o se perdió en el asunto?

Espero sus comentarios mi estimado lector.


miércoles, 23 de marzo de 2011

La Jurisprudencia Técnica. Esteban Quezada Aguayo

INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO
Alumno: Esteban Quezada Aguayo
27017136

 
Monterrey, N. L., a 21 de Marzo de 2011
 
Introducción:
 
La Jurisprudencia Técnica. El objeto de estudio del presente ensayo, tiene como fin principal: primero, conocer la definición de la técnica jurídica; segundo, y todavía aún más importante, porque se le define como el arte de la interpretación y aplicación de los preceptos del derecho vigente; y tercero, el papel que ejercen los especialistas, jueces o tribunales, en lo relativo a los diferentes problemas que forman su objeto de estudio como son: Interpretación, Integración, Vigencia, Retroactividad y Conflictos de Leyes; dentro de una época y lugar determinado, esto con fundamento en la materia Introducción al Estudio del Derecho.
 
Quiero aclarar que el objetivo principal de este trabajo es presentar el requisito para el segundo examen de esta materia, y a su vez reconocer la importancia de este tema entre otros que también hemos presenciado en clase, los considero de suma importancia para nuestra formación profesional y en general para nuestra vida diaria, además de ser una materia fundamental en mi cuadro de estudios.
 
No soy profesional elaborando ensayos, de hecho el primero que hice fue algo sufrido pero de mucho aprendizaje, este es el segundo y creo que la redacción hay va fluyendo mejor, al fin de cuentas ya tenía la experiencia de haber elaborado uno. Ahora considero que es muy importante aprender a plasmar las cosas por escrito, y en algún momento creo que hasta se torna emocionante e interesante.

Definición y objeto:
  • La jurisprudencia técnica tiene por objeto la exposición ordenada y coherente de los preceptos jurídicos que se hallan en vigor en una época y un lugar determinados, y el estudio de los problemas relativos a su interpretación y aplicación. 
  • De acuerdo con esta definición podemos decir que la citada disciplina ofrece dos aspectos fundamentales: uno teórico o sistemático, otro técnico o práctico. En el primero, es una exposición de las reglas jurídicas que pertenecen a un ordenamiento temporal y especialmente circunscrito; en el segundo, el arte de la interpretación y aplicación de las normas (legales o consuetudinarias) que lo integran .
Desarrollo:

 
La Técnica Jurídica, según Eduardo García Máynez, es:
  • El arte de la interpretación y aplicación de los preceptos del derecho vigente. Expliquemos en qué consisten los problemas que forman su objeto de estudio :
  • 1. Interpretación.─ Todo precepto jurídico encierra un sentido. Pero éste no siempre se halla manifestado con claridad. Si la expresión es verbal o escrita, puede ocurrir que los vocablos que la integran posean acepciones múltiples, o que la construcción sea defectuosa y haga difícil la inteligencia de la frase. En tal hipótesis, el intérprete se ve obligado a desentrañar la significación de la misma. El conjunto de procedimientos destinados al desempeño de esta tarea constituye la técnica interpretativa. La labor de que hablamos representa un trabajo previo, relativamente al acto por el cual las reglas del derecho son aplicadas. 
  • Según su autor, la interpretación puede ser:
  • a) Privada: esta primera es obra de particulares. Si estos son especialistas se habla de interpretación doctrinal.
  • b) Judicial: proviene de los jueces o tribunales, encargados de aplicar el derecho a casos concretos.
  • c) Auténtica: la realiza el mismo legislador, con la mira de fijar el sentido de las leyes que ha dictado. (Se le da el nombre de interpretación legislativa).
Definitivamente que estoy de acuerdo con lo dicho por el autor García Máynez en relación al problema de la interpretación.
 
Como me he dado cuenta el campo del derecho no es nada fácil y tenemos que respetar de manera dogmática los preceptos del derecho vigente. Nuestros jueces, tribunales y especialistas en la materia se han convertido en unos expertos en el arte de aplicar la técnica jurídica y, desde mi punto de vista muy personal se me hace algo tan ordinario. Por tal motivo pienso que debe haber cambios que corrijan de fondo lo que no esté claro en la ley para que se juzgue o se proteja de forma correcta de acuerdo a derecho.
 
  • 2) Integración.─ Se puede presentar el caso de que una cuestión sometida al conocimiento de un juez no se encuentra prevista en el ordenamiento positivo. Si existe una laguna, debe el juzgador llenarla. La misma ley le ofrece los criterios que han de servirle para el logro de tal fin.  
  • Casi todos los códigos disponen que en situaciones de este tipo hay que recurrir a los principios generales del derecho, al derecho natural o a la equidad. 
  • Pero la actividad del juez no es, en esta hipótesis, interpretativa, sino constructiva. En efecto: no habiendo norma aplicable, no puede hablarse de interpretación, ya que ésta debe referirse siempre a un determinado precepto; el juzgador a dejado de ser un intérprete y se encuentra colocado en situación comparable a la del legislador; debe establecer la norma para el caso concreto sometido a su decisión. Por lo tanto es importante subrayar que, además de la función puramente interpretativa, los jueces y tribunales desempeñan una labor creadora. 
  • Adoptando la terminología empleada por Del Vecchio y Carnelutti, se cree que a tal actividad conviene el nombre de Integración .
 
Por siempre hemos sabido que existen lagunas en nuestras leyes y que nuestros especialistas lo viven a diario. La pregunta es. ¿Dónde quedan tantas iniciativas tan valiosas de especialistas en la materia de nuestro querido México como es el caso de nuestro maestro el Lic. Gómez Porchini, quien ha enviado sus iniciativas y como solemos decir, se quedan en el olvido o falta que les brinden mayor importancia a estas propuestas? La verdad es que seguimos posponiendo demasiado en este campo y no avanzamos, y lo que es peor la percepción es que retrocedemos. Es de suma importancia acelerar el paso.
 
  • 3) Vigencia.─ Llegado el momento de la aplicación puede presentarse el problema que consiste en determinar si los preceptos que prevén el caso sometido a la consideración del juez, están vigentes o han sido derogados. Ya hemos visto cuáles son las reglas que sobre iniciación, duración y extinción de la vigencia establecen nuestras leyes. 
  • 4) Retroactividad.─ Una de las cuestiones más arduas que pueden surgir en el momento de la aplicación, estriba en saber si una disposición legislativa puede aplicarse a situaciones jurídicas concretas, nacidas bajo el imperio de una ley anterior. Bien conocido es el principio que domina esta materia: a ninguna ley se darán efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna.
  • “El principio de la no retroactividad es ──dice Du Pasquier── una regla de moral legislativa; pero no se funda en la naturaleza de las cosas, y resultaría inexacto decir que el legislador nunca usa de ella. El alcance del principio varía, sin embargo, en las diversas ramas del derecho” .
 
Me parece un gran acierto lo que marca la norma en relación al principio de la no retroactividad, en esto estoy totalmente de acuerdo con lo que se establece en los preceptos del derecho vigente, siempre que se aplique la ley de manera coercitiva, equilibrada e imparcialmente.
 
  • 5) Conflictos de leyes.─ La jurisprudencia técnica debe señalar las reglas de acuerdo con las cuales han de solucionarse los problemas derivados de la pluralidad de legislaciones. A estos se les conoce con el nombre de problemas sobre aplicación de las leyes en el espacio, para distinguirlos de los relativos a la aplicación de las normas jurídicas en el tiempo (retroactividad) .
 
Conclusiones:
 
De todo lo expuesto, a través del presente trabajo expreso mi crítica de manera constructiva, sin juzgar ni afirmar de mi parte que las leyes estén mal redactadas, si sean justas o injustas; no soy ni seré un especialista en esta materia. Sin embargo, como mexicano y muy orgulloso de serlo como dice el maestro José Gómez Porchini, y de acuerdo al libro de Eduardo García Máynez de Introducción al Estudio del Derecho que de manera tan ordinaria toca este tema de la técnica jurídica, y también por el aprendizaje que me queda de esta materia; si considero que hay mucho que hacer en lo referente a este tema por conducto de quienes nos representan en este país.
 
Bibliografía:
 
1, 2, 5 GARCÍA MÁYNEZ, Eduardo. Introducción al Estudio del Derecho. Editorial Porrúa. México, D. F. Octubre de 2006. I.S.B.N. 970-07-6597-0 
3 Giorgio del Vecchio, “Les príncipes généraux du droit”, en Recueil d´études sur les sources du droit, en L´honneur de F. Gény, t, II, pág. 69, Francesco Carnelutti, Sistema di diritto processuale civile, t. I, pág. 130.
4 Du Pasquier, ob. Cit., pág. 130
 

domingo, 20 de marzo de 2011

ABUELOS y NIETOS.


 
Recibí de una muchacha que no tiene edad para ser abuela, este mensaje.
Me pareció excelente y lo comparto.

José Manuel

1. La abuela se maquillaba en el baño bajo la mirada escrutadora de la pequeña nieta, como siempre hacía. Después de aplicarse su lápiz labial y disponerse a salir, la pequeña le dijo: “Pero abuela, ¡Olvidaste darle el beso de despedida a la servilleta!” Seguramente la abuela nunca más se pintará la boca sin darle ‘el beso de despedida’ a la servilleta…

2. Mi nieto me llamó el otro día a desearme un feliz cumpleaños. Me preguntó qué edad tenía y le dije que había cumplido 62 años. Mi nieto se quedó pensativo por un rato y entonces me preguntó ¿Tu comenzaste desde 1?

3. Después de acostar a sus nietos, una abuela se puso su vieja dormilona y las chancletas y se dispuso a lavarse el pelo. En la medida de que escuchaba el bochinche que armaban los muchachos, se le acabó la paciencia. Se enrolló una toalla en la cabeza y entró como una tromba en la habitación y volvió a acostar a los niños con un regaño. Tan pronto dejó la habitación, oyó al más chico de todos decir con una voz temblorosa: ¿Quién era esa?

4. Una abuela le contaba a su pequeña nieta cómo fue su niñez: “Nosotros patinábamos con una pequeña tabla en un pozo y además teníamos un columpio hecho con una tripa de caucho colgando de un árbol frente a la casa. Paseábamos en un burrito y bajábamos mangos y mamones de las matas” La niña se quedó boquiabierta oyéndome. Finalmente dijo: “Yo debí haberte conocido mucho antes”

5. Mi nieto nos visitaba un día y de repente me dijo: “Abuela, tu sabes en que se parecen tu y Dios? Y yo, muy oronda, le pregunté: “No, ¿en qué?” y me soltó: “Ambos son viejos”.

6. Una niñita estaba afanada tecleando con el procesador de palabras del abuelo y le dijo que estaba escribiendo un cuento. “¿De qué se trata?”, le preguntó el viejo. “No sé,” contestó ella, “yo no sé leer”.

7. No sabía si mi nieta ya había aprendido a reconocer los colores, por lo que decidí comprobarlo. Entonces le iba señalando cosas y le preguntaba de qué color eran. Así durante un rato, siempre contestando correctamente. Hasta que yendo hacia la puerta, me soltó: “Abuela, yo creo que tu puedes reconocer esos colores por ti misma”.

8. Cuando mi nieto me preguntó qué tan viejo era yo, bromeando, le dije que no estaba muy seguro. “Mira la etiqueta de tus calzones, abuelo, en el mío dice de 4 a 6 años”.

9. Le preguntaron a un pequeño de 6 años dónde vivía su abuela y él contestó: “Ah, ella vive en el aeropuerto, porque cuando la queremos ver vamos a buscarla allá. Luego, después que nos visita, la llevamos de nuevo al aeropuerto”.

10. “¡Mi abuelo es el más inteligente de todos! Me enseña muchas cosas buenas, pero no lo veo con la suficiente frecuencia para hacerme tan inteligente como él”.



ENVÍALO A OTROS ABUELOS, CASI ABUELOS Y A LOS QUE UN DÍA ESPERAN SER ABUELOS.... LES HARÁS EL DÍA MEJOR Y LES ARRANCARÁS UNA SONRISA...

La batalla. Esta boca es mía. Leopoldo Lara Puente.


Batallaron pero se juntaron. Todos los diputados que estuvieron presentes en el pleno del Congreso de la Unión el 15 de marzo de este año (que fueron 354), votaron por unanimidad para consolidar la ley federal de fomento a las organizaciones de la sociedad civil.

Panistas, priístas, perredistas, petistas y todos los presentes, sin un solo voto en contra, sin una sola abstención, modificaron uno de los incisos del artículo 5 y añadieron uno más.

En ese artículo, se habla de cuáles son los objetos de las asociaciones que pueden recibir recursos por parte del gobierno, mediante la presentación de proyectos en coinversión, para llevar a cabo su objeto de beneficio social.

Se modificó el relacionado al desarrollo comunitario, para darle un sentido más dirigido a la construcción, rescate y mantenimiento de plazas y espacios públicos. De hecho hay un “fondo” que ejercen los estados y municipios. Lo hacen auditados por el gobierno federal, así que normalmente lo hacen bien. Construyen plazas, parques y demás, pero a los tres meses casi hay que volver a construirlas de lo deterioradas que se encuentran porque nadie las cuida. Involucrar a la sociedad civil en esto, es crear un sentido de corresponsabilidad sobre los espacios públicos. ¿Cómo? logrando que las mismas organizaciones de la sociedad civil participen en su diseño, en su construcción o rescate y mantenimiento. No sólo será un manejo de los recursos más transparente y eficiente, como todo lo ciudadano, sino que además estarán mejor cuidadas y con fondos adicionales, porque realmente estarán en poder de los ciudadanos y no sólo de las fotografías o informes oficiales.

También se añadió un inciso nuevo en ese artículo. Uno que habla del fortalecimiento del tejido social como estrategia para garantizar la seguridad ciudadana. Esto es una demostración de que mientras que el poder ejecutivo está luchando contra el tema de la inseguridad de manera directa y punitiva contra la delincuencia organizada(para bien o para mal de la violencia en las ciudades); en el Congreso se pusieron las pilas también y todos los partidos creen y confían en el tejido social (que no es otra cosa más que el capital social, es decir la confianza entre un ciudadano y otro) como una estrategia que nos permitirá, desde la raíz, abatir la inseguridad.

Parece fácil, pero ni tan siquiera estaba claro cuando se hizo la ley, hace siete años; y ahora que se clarificó todavía falta implantarlo con éxito.

Y es que esta ley federal, ha sido parte de una gran batalla que las organizaciones de la sociedad civil han dado en México, por defender los derechos de los ciudadanos de participar en las acciones públicas, como lo manifiesta la Constitución.

Previo a las elecciones del 2000, más de un centenar de estas organizaciones sostuvieron reuniones de trabajo con los tres candidatos más fuertes a la Presidencia. En esas reuniones obtuvieron la promesa de trabajar en una legislación que permitiera a los ciudadanos organizados participar en el diseño y ejercicio del presupuesto público de manera abierta y no sólo con los favoritos del momento. Con ello se buscaba mejorar la eficiencia del mismo presupuesto, ya que las organizaciones ciudadanas añadirían su experiencia en los asuntos que benefician a la comunidad; los fondos alternos que pueden atraer como asociaciones; la confianza en ascenso que tiene sobre ellas la sociedad civil y la transparencia que dan a sus acciones. Para cuando esas reuniones y promesas se dieron, ya había atrás una larga lucha de más de 10 años y un retraso en comparación con otros países de Europa y de América del Sur, muy penoso por cierto.

El resultado fue la ley federal de 2004, que se ha ido perfeccionando derivado del mismo ejercicio ciudadano y ha permitido llevar a cabo decenas de convocatorias para proyectos de coinversión por parte de INDESOL desde hace más de siete años; que se hayan ejercido miles de millones de pesos por miles de organizaciones debidamente integradas; y que más de 10 estados se hayan sumado a esta estrategia y legislaran sus propias leyes (como Tamaulipas desde el 2007) y que algunos municipios, incluyendo el nuestro, también formularan su propio reglamento para ejercer de manera directa esta política en donde se involucra de lleno a los ciudadanos.

Solamente en nuestra ciudad, durante los últimos tres años, el gobierno municipal, destinó poco más de 22 millones de pesos en 78 proyectos de 40 organizaciones que fueron avalados por un comité de ciudadanos especialistas en proyectos sociales. Gracias a ello, esas organizaciones se consolidaron y atrajeron además casi 38 millones de pesos adicionales, tanto de los gobiernos federal y estatal, como de fundaciones privadas y sociales.

Esas acciones tejen una nueva visión entre los ciudadanos, la de la confianza basada en la transparencia y nos confieren un mayor sentido de pertenencia y de trabajo en equipo.

Las batallas no han sido fáciles, pero se han ido ganando una tras otra. Ahora, los diputados de todos los partidos han logrado hacer a un lado todas sus diferencias partidistas y trabajar juntito a los ciudadanos, porque es fácil identificar esa tremenda área de oportunidad.

Aquí, contamos con todas las herramientas legales y organizacionales de la sociedad y con la visión de un gobierno inteligente que busca transformar para mejorar y que seguramente dará la batalla desde esa misma trinchera ciudadana.

 
Leopoldo Lara Puente