Los mercados de
abastos que se encuentran establecidos en todos y cada uno de los estados de la
República mexicana enfrentan una serie mayúscula de irregularidades en torno a
las condiciones de trabajo que mantienen los patrones con sus empleados, subordinados
y más que para unos los subalternos.
Es sorprendente
apreciar que desde muy temprana horas de la madrugada, todos los días de la
semana, se encuentran abiertos al público los mercados de abastos, estando a
disposición de los clientes, comerciantes de todo tipo, las diferentes áreas de
comercio que se encuentran albergadas tanto en el interior como en el exterior
de dichos mercados. En su mayoría, es como asistir a una peregrinación, es un
martirio tanto poder entrar como el poder salir. La vida interna de un mercado
de abastos es muy diversa, como se puede encontrar con personas que le pueda
vender un producto bueno y barato así como los que son oportunistas y se
aprovechan de la ignorancia de los principiantes en dicha actividad vendiéndoles
productos de menor calidad a altos costos.
Ahora me gustaría
enfocarme en esta nota a la vida laboral que se entabla entre el dueño o patrón,
–patrones, bodegueros– y sus trabajadores –subalternos, chalanes–, y que sin temor
a equivocarme la gran parte de los patrones desconocen de la existencia en
primer lugar de la Ley Federal del Trabajo, así como en segundo término de las
obligaciones que deben tener con los trabajadores. El desconocimiento orilla a
que los patrones mantengan en deplorables condiciones de trabajos a sus
empleados. Es sencillo resumir que la gran mayoría de los empleadores, o sea
patrones, no tienen registrados a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del
Seguro Social, no cuentan con medidas de seguridad e higiene, los empleados son
tratados peores que esclavos, son explotados, laborando los empleados excesivas
horas de trabajo sin que se les paguen horas extras, no cuentan con la figura
de un sindicato, no cuentan con días de descanso y no cuentan con los periodos
vacacionales, entre otras muchas prestaciones que marca el Código obrero, mejor
conocida como Ley Federal del Trabajo. En su mayoría, los Mercados de Abastos
no cuentan con las medidas que establecen las diversas secretarias de los
estados y municipios, relacionados a los temas de salubridad, seguridad,
higiene, urbanización, recolección de basura, alcoholismo, prostitución,
drogadicción, juego y apuestas, trabajo de menores, entre otras áreas que serán
motivo de un análisisen particular.
Volviendo al tema,
la mayoría de trabajadores son contratados por temporadas, sin que ello obligue
al patrón a brindarles la estabilidad en el empleo, sin que disfruten de todas
las prerrogativas que tienen como obligación de prestar el patrón a sus
empleados. Muchos de ellos son de paso, ya que los trabajadores son originarios
de colonias, municipios o rancherías cercanas al centro de trabajo, lo que trae
como consecuencia que los patrones se aprovechen de su ignorancia; el
trabajador su único objetivo es conseguir trabajo para soportar la dura carga
del hogar, siendo éstala de llevar alimento y vestimenta a su familia, otro de
los motivos que se puede percibir, es que los trabajadores desean obtener y
guardar su pago para poder realizar el tal llamado “sueño americano”, no
importando que su empleo sea excesivo sin retribución económica, no contando
con seguridad social en todos los aspectos. Se puede precisar, que el patrón
con su indebida acción se encuentra evadiendo la seguridad social a la que está
obligado a otorgar a sus empleados. Este tema se debería de regular en los
mercados de abastos, las autoridades involucradas deberían velar por prevalecer
las condiciones de trabajo hacia este gremio.
Otro de los
factores que se visualiza en estos mercados, es que el patrón nunca otorga
capacitación a su trabajador, aludiendo que no es necesario para realizar la
labor que se le encomienda al trabajador, no es ciencia y no se requiere de
capacitación para poder cargar cajas de productos diversos de un lugar a otro,
no es ciencia el acomodar la mercancía que llega de otros lados de la República
a un lugar específico del centro de trabajo, así como el poder indicarle en qué
lugar tendrá que acomodarse dicho producto para su exhibición y comercialización,
siendo maltrecho la acción que engendra el patrón con el trabajador al observar
que el trabajo está mal hecho, haciendo alarde el patrón hacia el subordinado
de su error en el centro del trabajo, no teniendo ninguna consideración de la
humillación que pueda recibir el trabajador en presencia del cliente por su
equivocación.
Es por ello, que
los trabajadores, hacen gala de su maravillosa y exitosa forma de expresión y
conducción, atropellando los derechos de todos los clientes. El patrón no enseña
a su trabajador a asumir su falta de conducción de su mal actuar hacia
terceros, haciéndose tanto él como el patrón responsables de un posible daño
que cometa en contra de un tercero en sus pertenencias, escudándose el
trabajador que el error no puede ser subsanado, deslindándose el patrón en ese
momento de la relación laboral que pueda existir con el trabajador, dejando
indefenso al cliente en la reparación del daño.
El patrón por su
ignorancia, no puede percibir que en ese momento es responsable subsidiario y
directo del daño que pueda ocasionar el trabajador a terceras personas dentro y
fuera del centro de trabajo, siempre y cuando sea consecuencia de una orden
directa de trabajo, caso ejemplo es cuando el trabajador tiene que transportar
la mercancía que le han adquirido al patrón y en este lapso del trayecto por
imprudencia del trabajador ocasiona un perjuicio a un tercera persona o al
mismo cliente en sus pertenencias. En ese preciso momento el patrón debe de
asumir la responsabilidad del trabajador y no dejar al trabajador indefenso,
deslindándose de todo pago que pueda surgir por dicha negligencia.
Esperando que estas
líneas le sean de utilidad, quedo de usted para sus comentarios.
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