Hablar
del concepto de salario sería recibir una cantidad económica o en especie por
prestar un servicio ya sea físico o intelectual a uno o varios patrones. Hasta
este momento podríamos decir que si no hay una relación de subordinación no se
puede hablar de salario, de lo contrario sería percibir honorarios por la
prestación de un servicio profesional.
La
Real Academia Española define en su diccionario de la lengua española el
concepto de salario como:
“(Del
lat. salarĭum, de sal, sal).1. m. Paga o remuneración regular.2. m. En
especial, cantidad de dinero con que se retribuye a los trabajadores por cuenta
ajena.”
De
lo anterior se desprende que el concepto de Salario viene de la antigua roma,
donde a los soldados que cuidaban que el valioso producto “sal” llegara con
bien a su destino, comenzando su recorrido desde las minas de Salinas de Ostia
hasta San Benedetto del Tronto en el Adriático, camino que se le denomino “Vía
Salaria”, se les hacía el pago por dicha responsabilidad mediante especie,
siendo este pago en sal.
Con
el transcurso del tiempo la palabra se configuró costumbre y después ley, es
por ello que actualmente se ha denominado así al pago que recibe un trabajador
por encontrarse a las órdenes (subordinación) del patrón; mismo que se encuentra
regulado en la actual Constitución Política de México como en su Ley reglamentaria
que se desprende del artículo 123, la Ley
Federal del Trabajo, que en sus artículos 82, 85 y 20 establece lo
siguiente:
“Artículo
82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su
trabajo.
Artículo
85.- El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de
acuerdo conlas disposiciones de esta Ley.
Artículo
20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé
origen, laprestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante
el pago de un salario.”
Ante
lo referido con antelación, entiéndase trabajador y trabajo como los dispone la
Ley Federal del Trabajo, en su artículo 8º:
“Artículo
8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un
trabajo personal subordinado.
Para
los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana,
intelectual omaterial, independientemente del grado de preparación técnica
requerido por cada profesión u oficio.”
En
la actual reforma laboral se ha incorporado la figura de “Trabajo Digno o
Decente”, misma que lo define la propia Ley Federal del Trabajo como:
“…
aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humanadel trabajador; no
existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad,
discapacidad,condición social, condiciones de salud, religión, condición
migratoria, opiniones, preferencias sexuales oestado civil; se tiene acceso a
la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibecapacitación
continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y
se cuenta concondiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos
de trabajo.
El
trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos
colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación,
autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.”
Ahora,
debemos ponernos en el panorama que en cualquier momento podemos llegar a
ocupar la calidad de trabajador o de patrón, mismo que se debe crear conciencia
en todos y cada uno de los supuestos que con antelación se han mencionado, y de
las cuales se pueden hacer varias interrogantes, ¿actualmente es suficiente el
salario que percibe un trabajador para poder tener una vida digna y decorosa
con su familia?, ¿será suficiente el salario para que el trabajador pueda tener
un libre esparcimiento?, ¿el impuesto sobre nómina no dejaría más indefenso al
trabajador?, ¿el impuesto sobre la nómina, no será inconstitucional?
Pero
ahora resulta que la mayoría de los estados le cobran al trabajador un impuesto
de nómina, que en vez de beneficiar al trabajador le perjudica, aunque nuestros
servidores públicos y los que conforman la Comisión Nacional de Salarios
Mínimos digan que el aumento anual al salario sea un gran logro para la clase
trabajadora. Pero no debemos pasar por alto lo que establece el artículo 5º de
la Constitución Política de nuestro país:“… Nadie puede ser privado del
producto de su trabajo…”; entiéndase que la materia que emplea el trabajador es
su fuerza física o intelectual y el producto sería el pago del salario por la
subordinación.
Deben
nuestros legisladores federales, revisar bien y con detenimiento la reciente
reforma laboral que han aprobado, ya que es imposible que hayan diluido en
realidad el alcance del concepto de Trabajo Digno o Decente. ¿Es decente que un
trabajador labore en la empresa o en algún empleo por más de 8 horas y por más
de tres días consecutivos?, ¿es digno que un trabajador no pueda disfrutar de
una buena calidad de vida, esparcimiento, cultura, educación, transporte,
vestimenta, seguridad social, medicamentos, etc.?
Atendiendo
a lo anterior se puede deducir que el
Salario hoy en día es una falsa ilusíon, ni por equivocación alcanza al
trabajador para tener lo indispensable en la canasta básica de alimentos de
casa, entonces lo demás rubros antes citados, con qué los puede subsidiar, si
cada vez se encuentra estancado el crecimiento económico del país, gracias a
reformas que impiden el crecimiento industrial, jornalero, agrario, educativo,
entre otros.
Esperando
que estas líneas le sean de utilidad, quedo de usted para sus comentarios.
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