lunes, 29 de abril de 2013

Condiciones de trabajo en México. Carola Rullán Penilla



Las preferencias de los individuos respecto del empleo que desean se revelan en el momento en que seleccionan un trabajo en específico. Sin embargo, encontrar el empleo deseado no siempre está dentro de las posibilidades laborales de una persona, ya que existen otros factores que inciden en esa decisión, menciona Eduardo Rodríguez en el artículo Construcción de un índice de condiciones laborales por estados para México.
Una mayor calidad de empleo no se logra únicamente a través de mayor salario. La calidad de los empleos se refiere a cómo están dadas las condiciones de los trabajos en favor de los empleados. (Rodríguez, E. pg.152) Aunque los individuos no por fuerza toman la decisión de trabajar o no completamente con base en las condiciones laborales, sí pueden decidir sobre un trabajo u otro, o cambiarse de trabajo según las condiciones laborales. Esto puede traer grandes repercusiones en el largo plazo menciona Rodríguez, ya que podría influir directamente en la movilidad social y la productividad de los trabajadores.
Las condiciones laborales son un factor de bienestar para el trabajador. Se puede hablar de una relación entre bienestar laboral y condiciones laborales, en la que mejores condiciones laborales llevan a un mayor bienestar laboral y éste deriva en mayor productividad. Las condiciones de trabajo están formadas por la jornada de trabajo, los días de descanso, las vacaciones, el salario, la igualdad y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. En este ensayo se revisarán los temas acerca de las condiciones de trabajo que se deben tener según la Ley Federal de Trabajo en el Título Tercero.
El Artículo 56 menciona que las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley.
El Capítulo II del Título Tercero comprende la jornada de trabajo, este es el tiempo durante el cual el trabajador está a la disposición del patrón para desarrollar sus labores, comprende el tiempo desde que el trabajador inicia el desempeño de sus labores hasta que concluye la duración fijada para el turno que le corresponde. (Artículo 58) En lo que respecta a la jornada de trabajo, el trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada, sin que pueda exceder de los máximos legales, las horas se podrán repartir a fin de permitir a los trabajadores el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente (Artículo 59).  El artículo 60 y 61 hablan acerca de la duración máxima de la jornada, la cual será de ocho horas para la diurna (comprende entre las seis y las veinte horas del día), siete la nocturna (comprende entre las veinte y las seis horas del día) y siete horas y media la mixta (comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna). 
Por otra parte el artículo 67 menciona que las horas de trabajo extra en caso de siniestro o riesgo inminente se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.
En el Capítulo III abarca los días de descanso, y se señala que por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro (Artículo 69). Se debe procurar que este día de descanso semanal sea el domingo, los trabajadores que presenten servicio en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos sobre el salario de los días ordinarios de trabajo (Artículo 71). Por otra parte en los días de descanso obligatorio los trabajadores y patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios, y los trabajadores quedarán obligados a presentar los servicios y tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado (Artículo 74 y 75).
El Capítulo IV abarca el tema de las vacaciones, en el artículo 76 señala que los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborales, y que aumentará en dos días laborales hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. Por otra parte, aquellos trabajadores que presenten servicios discontinuos y de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones en proporción al número de días trabajados al año (Artículo 77).  Las vacaciones deberán concederse dentro de los primeros seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. (Artículo 81).
En el Capítulo V se habla acerca de el salario, este es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su desempeño laboral (Artículo 82). Este puede fijarse por unidad de tiempo, de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal (Artículo 83).
            El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de la Ley Federal de Trabajo. Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad o calidad del trabajo. En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé  por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos (Artículo 85).  Los pagos de salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores (Artículo 88).
            Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días e salario por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieran trabajado (Artículo 87).
            Por último el Capítulo VIII comprende la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. El artículo 117 señala que los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.


Bibliografía
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Ley Federal del Trabajo. (n.d.). Retrieved from http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf /125.pdf
NacionalFinanciera (2013). Condiciones de trabajo | Herramientas PYME. Retrieved from http://mexico.smetoolkit.org/mexico/es/content/es/3617/Condiciones-de-trabajo-
Rodríguez, E., & Silva, L. (2009). Construcción de uníndice de condicioneslaboralesporestadospara México. Retrieved from http://www.gestionypoliticapublica.cide.edu/num_anterior es/Vol.XVIII_No.I_1ersem/05_Eduardo_Rodriguez-Orregia_y_Lautaro_Silva .pdf
Uribe, E. (n.d.).CondicionesGenerales de Trabajo en México, Análisis LFT. Retrieved fromwww.infored.com.mx/a/condiciones-generales-de-trabajo-en-mexico--analisis-lft-.html

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