domingo, 3 de noviembre de 2013

Madre trabajadora, trabajo inseguro. Eduardo Dávalos






Actualmente en el país, el 51.8% de la población está conformado por mujeres según el IFE, por lo anterior, al cuarto trimestre de 2012 la población de mujeres económicamente activas fue de más de 19 millones 379 mil empleadas, es decir 38 % de la Población Económicamente Activa (PEA).

Según el INEGI del 100% de las mujeres que trabajan en el país, el 69% son madres, lo cual es un alto porcentaje de mujeres que tienen la responsabilidad de cuidar y mantener en forma a sus hijos, que por ser un país demasiado machista, la mujer es la encargada del cuidado de la casa, la comida, los niños y por si fuera poco tiene que trabajar por las necesidades económicas en las que actualmente nos encontramos.

Actualmente existe una sección especial dedicada a las mujeres en la Ley Federal del Trabajo, de la cual hare un análisis de los artículos presentes en esta ley y realizare algunos puntos de cómo se cumplen o la falta de cumplimiento de estos.

En el titulo quinto, trabajo de las mujeres, el artículo 164 dice que las mujeres gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones de los hombres.

¿Hasta dónde se da esta igualdad? Si bien se sabe que en México es muy complicado que una mujer gane lo mismo que un hombre aun cuando desempeñe la misma labor, pero no solo se rompe el cumplimiento de este artículo de forma negativa, sino que las mujeres gozan de más derechos que los hombres.

El artículo nos habla de los peligros que tiene la mujer como persona trabajadora y cuáles son las condiciones de hasta donde realizara una labor, la gran diferencia con el hombre es que la mujer se encuentre embarazada.  Artículo 166.-Cuando se ponga en peligro la salud de la mujer, o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas extraordinarias. Entonces en un análisis del artículo 164 y 166 de la Ley Federal del Trabajo existe la incongruencia y la discriminación de hacer que la mujer tenga mayores beneficios que el hombre. Pero, ¿Hasta dónde se cumplen los derechos de la mujer y madre trabajadora?

¿Cuáles son las principales razones de la discriminación laboral de una mujer? Podemos pensar que las mujeres no pueden con el paquete, que no le dan la misma importancia que los hombres le dan a su trabajo, que un hombre puede estar mejor capacitado para hacer algo y tomar mejores decisiones, pero una de las principales razones en la discriminación de las mujeres es por la maternidad. Las empresas saben cuáles son las responsabilidades y limitaciones que se deben tener con una mujer cuando está embarazada, no le dan la importancia de que una mujer puede ser la cabeza de una familia o hasta donde llegan sus necesidades, que por ser mujer le dará más importancia a su familia que a su trabajo, pero si el trabajo es lo que le da el sustento a su familia.

Existen casos en los que una empresa prefiere darle un puesto gerencial a un hombre, la razón, porque una mujer pronto se puede embarazar y dejara de cumplir con su trabajo durante mínimo 72 días laborales donde pierde o se deja desocupado un puesto de trabajo importante.

Los principales derechos de la mujer trabajadora se encuentran en el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, analizando los principales segmentos empezando por el primero:
            I. Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquico y nervioso.

Las injusticas se empiezan a dar desde este punto, cuando los patrones saben que el trabajo realizado por una empleada que está embarazada es de manera física, abusan de la ignorancia de muchas de ellas al decirle que continúen con esas labores aun cuando existe una ley en su contra. Correspondiente a ese abuso por parte de los jefes de las empleadas, también se da el hostigamiento por los compañeros y algunos superiores en la labor, que por estar en la condición de embarazo se someten a burlas sexuales o discriminación por la falta de fuerza para realizar un trabajo.

            II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

Quizá esta sea la sección más importante en cuanto a los derecho que goza la mujer pero a su vez pueden ser los más corrompidos, ya que aquí están presente muchos de los motivos para que las mujeres pierdan su empleo o no tengan salarios respetados y todo es por las 6 semanas que se le dan de descanso antes del parto y otras 6 semanas después de este. Lo cual muchas no saben el tiempo que establece la ley para que tenga un parto seguro. Actualmente se está buscando una ley para el hombre, que cuando su esposa este embarazada y cerca del parto, el también goce de privilegios de faltar al trabajo para estar con su hijo.

Lo importante en todo este caso es tener bien informada a la mujer, porque es obligación del patrón hacer cumplir la ley establecida en apoyo a las mujeres y ver por su salud, sin importar que afecte su trabajo en la empresa, si la madre está informada de todos sus derechos como trabajadora, la economía de las familias que son encabezadas solo por mujeres, podrán tener una mejor calidad de vida. Esa es la propuesta, si la mujer sabe, la mujer se defiende, que sepa que la ley está sobre de su patrón y la respalda, de esa manera el país, su familia y su economía pueden crecer de manera saludable y en armonía.







Bibliografía

Féito, Diana. (Marzo, 2013). “La mujer y el trabajo: situación actual y cifras.” Terra, Mujeres de hierro. Obtenido de http://vidayestilo.terra.com.mx/mujeres-de-hierro/la-mujer-y-el-trabajo-situacion-actual-ycifras,3a44ec0028c3d310vgnvcm4000009bcceb0arcrd.html   

INEGI. (Marzo, 2013). Http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/estadisticas/2013/mujer0.pdf

Ley Federal del Trabajo. (Noviembre, 2012). Http://www.diputados.gob.mx/leyesbiblio/pdf/125.pdf




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