El acoso laboral puede dividirse en dos tipos: el acoso psicológico y el acoso sexual siendo el primero más difícil de identificar y comprobar aunque el segundo llame más la atención.
Hoy en día dentro
de las empresas es más común que exista lo que es el acoso laboral psicológico
también llamado “mobbing” en inglés que proviene del verbo “to mob” que
significa atacar en tumulto.
Heinz Leymann fue
quién descubrió el fenómeno del “mobbing” lo define como “Situación en la que una
persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y
recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el
lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la
víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus
labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el
lugar de trabajo".
El “mobbing”
consiste prácticamente en el acoso Constante, Contra alguien y Con intención
(regla de 3c’s) a una persona por parte de los compañeros de trabajo o jefe
dentro de una organización laboral.
“Según la
Organización Internacional del Trabajo, uno de cada 10 trabajadores es victima
de acoso laboral en el mundo, y de 100 casos, 75 corresponden a mujeres
acosadas.” (El Universal, 2011)
El tema de acoso
laboral psicológico es un tema poco estudiado sobre todo en México aunque cada
día es un tema con mayor trascendencia. Inclusive se ha pedido que el “mobbing”
se legisle ya que por algunos es considerado como un problema de salud pública
ya que afecta a la persona a nivel psicológico, social y salud. El problema es que a los legisladores
no les da por hacer reformas correspondientes y leyes en contra de este
fenómeno debido a la falta de interés por parte de quienes lo sufren ya que
muchos empleados aunque son víctimas del “mobbing” no hacen nada al respecto o
llegan a creer que es algo normal dentro de un ámbito laboral.
“En el caso mexicano, manifestó, ha habido ciertos
problemas de identificación de este fenómeno por razones culturales, ya que
existe cierto grupo de empleados que aun cuando son violentados no lo perciben
como tal.” (Excelsior, 2013)
Muchos
empleados creen que no hay algo que pueda defenderlos en contra de este
fenómeno sin embargo existen artículos dentro de la Ley Federal del Trabajo que
apoyan el bienestar y derechos del empleado.
El
artículo 3º de la LFT dice:
“Artículo
3o. El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio,
exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe
efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico
decoroso para el trabajador y su familia.
No
podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza,
sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.
Asimismo, es de interés
social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los
trabajadores.”
El artículo 51º de
la LFT dice:
“Articulo
51. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para
el trabajador:
I.
Engañarlo el patrón, o en su caso, la agrupación patronal al proponerle el
trabajo, respecto de las condiciones del mismo. Esta causa de rescisión dejara
de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
II.
Incurrir el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo,
dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia,
amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del
trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;
III.
Incurrir el patrón, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, en los
actos a que se refiere la fracción anterior, si son de tal manera graves que
hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
IV.
Reducir el patrón el salario del trabajador;
V.
No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o
acostumbrados;
VI.
Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patrón, en sus herramientas o útiles
de trabajo;
VII.
La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de
su familia, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o
porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes
establezcan;
VIII.
Comprometer el patrón, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad
del establecimiento o de las personas que se encuentren en él; y
ix. Las análogas a
las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de
consecuencias semejantes, en lo que al trabajo se refiere.”
También existe una prueba
realizada por Heinz Leymann llamada “INVENTARIO
DE ACOSO LABORAL DE LEYMANN” o LIPT por sus siglas en inglés el cuál después de ser contestada arroja de manera
global la frecuencia, estrategias e intensidad de acoso laboral la cuál podría
ser muy útil para discernir cuando se tenga que enfrentar a una problemática de
este tipo.
Algunas conductas
que indican acoso laboral psicológico son las siguientes:
Ignorar consiste en:
No se le permite expresarse a la persona.
Se ignoran las ideas de la persona.
Rechazo constante hacia la persona.
Burlarse consiste en:
Bromas hacia la persona ya sea a sus espaldas o directamente, ofensivas o
sin motivo alguno.
Descalificar consiste en:
Culpar a una persona por las faltas que otros han cometido.
Señalar constantemente cualquier mínimo error.
Maltrato consiste en:
Violencia en contra de la integridad física o moral de la persona.
Expresiones verbales ofensivas o en contra de la persona.
Desprotección consiste en:
Se pone en riesgo la seguridad de la persona ya sea por el lugar donde
trabaja o por las actividades que tiene que desempeñar sin la protección
necesaria.
Creo que lo importante aquí es el efecto que el “mobbing” puede causar en
una persona ya que muchas personas creerán que no es grave o que no tiene consecuencias
de peso.
El “mobbing” hacia una persona puede traerle consecuencias
biopsicosociales graves desencadenado otros problemas como estrés, depresión,
baja autoestima, problemas de salud, problemas interpersonales e inclusive ha
habido casos de personas que llegan al suicidio debido a situaciones de acoso
laboral psicológico.
Es importante que
uno como jefe, compañero de trabajo y/o empleado evitemos todo tipo acción que
pueda crear un ambiente laboral hostil dentro de las empresas. Las mejores
empresas son aquellas que buscan el bienestar del empleado, la armonía en el
ambiente, la integración entre empleados etc. Estas empresas son las que
destacan en el mercado.
No existe
cuantificación en pesos o compensación alguna que pueda borrar o reparar el
daño y el dolor que se le ha causado a una persona generado por acoso laboral.
Bibliografía:
Acoso laboral: el infierno en
horas de oficina. (2011, Junio 09). El Universal.
Retrieved from http://www.eluniversal.com.mx/notas/771505.html
Mobbing acoso laboral.
(n.d.). Retrieved from http://www.mobbing.com.mx
Piden se legisle el mobbing; lo
ven como problema de salud pública. (2013, Febrero 02). Excelsior.
Retrieved from http://www.excelsior.com.mx/2013/02/03/nacional/882468
Gaceta parlamentaria, número
3718-vi. (2013, Febrero 28). . Retrieved from http://gaceta.diputados.gob.mx/Black/Gaceta/Anteriores/62/2013/feb/20130228-VII/Iniciativa-15.html
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