lunes, 16 de septiembre de 2013

Los Outsourcing y su Ilegalidad. Abraham Moreno Rodríguez



Hoy en día se menciona mucho el concepto de outsourcing” como herramienta para el uso eficiente de los recursos monetarios de la empresa e inclusive como un medio para la disminución de los costos indirectos de la misma al abaratar el costo de la mano de obra. Para el público en general es un término no tan conocido y quizá algunos trabajadores pudiesen pensar que es irrelevante, siendo lo anterior completamente opuesto pues ha sido un medio para la explotación de los mismos frente a sus propios ojos.

Quizá primeramente habría que definir qué es exactamente “Outsourcing”, el autor Justiniani nos menciona que se entiende como sistema de sustitución patronal o contratación por honorarios para cumplir con un servicio temporal y especializado a una empresa.

Sin embargo este tema de la subcontratación ha sido una gran problemática desde el sexenio del ex presidente Felipe Calderón, en donde se permitió estos esquemas de subcontratación pero con una muy pobre regulación. Fue así como los agujeros de esta deficiente reforma laboral permitieron una gran cantidad de fraudes laborales y fiscales.

En primer lugar el “outsourcing” ha permitido crear una ilusión en la que el patrón “pierde” de cierta manera sus obligaciones patronales frente a sus trabajadores, pues el patrón ahora no está obligado a dar los salarios que anteriormente daba, la estabilidad laboral del trabajador ya no es tan segura como antes, las jornadas de trabajo son mayores, no cuentan con vacaciones, se pueden evitar prestaciones como aguinaldos o repartición de utilidades de la empresa. Ahora hago hincapié que lo anterior es una ilusión, pues es conveniente mencionar que las “outsourcing” intentan convencer al trabajador que su relación patrón – trabajador es inexistente frente a la ley, esto siendo reforzado por la ausencia de contratos o documentos que validen dicha relación. Sin embargo el artículo 10 y 14 de la ley del trabajo, claramente menciona que el patrón será legamente responsable de los trabajadores que pudiese adquirir mediante un esquema del tipo outsourcing. Sumando a esto se sabe que estos trabajadores provenientes de las outsourcing poseerán exactamente los mismos derechos que los trabajadores internos de la empresa que contrata. 

Lo anterior es de especial relevancia pues en realidad, si los trabajadores se organizasen y quisieran demandar a la empresa, es muy probable que ellos ganaran, sin embargo hay muchos puntos desfavorables para los trabajadores que hagan esto. Primeramente según menciona el INEGI para el segundo trimestre de este mismo año (2013) se tenía un porcentaje de desempleo de un 5%, haciendo más complicado para el trabajador que decida arriesgarse, pues mientras tanto donde conseguirá empleo y como podrá satisfacer sus necesidades y la de su familia. No solo esto, se sabe que en dado caso que el trabajador llegara a demandar, quedaría automáticamente tachado de las empresas que pudiesen contratarlo. Viendo lo anterior es claro por qué el trabajador no dice llevar a juicio estos abusos, pues en resumen es porque no sabe que está siendo parte de una ilegalidad laboral y porque es más importante el sustento que andar involucrándose en “complicaciones” innecesarias, pues después de todo el trabajador no es conocedor del tema.

En segundo lugar “el outsourcing” funciona como un medio para la manipulación fiscal de la empresa. Se sabe que por ley una de las funciones del patrón es proporcionar ciertas prestaciones el trabajador como lo son la seguridad social a través del IMSS, créditos hipotecarios de vivienda a través del INFONAVIT, entre otras cosas.  Todo esto encareciendo la mano de obra, ahora es totalmente entendible que el patrón busque ser más competitivo frente a la competencia valga la redundancia, esto a través de la disminución de cualquier costo directo o indirecto que lo ponga en posición desventajosa. Sin embargo llegan al punto en que emplean las incongruencias de la ley para lograr el fin antes mencionado. 

Detallando más en lo anterior, se sabe que el patrón tiene que destinar cierto porcentaje de sus ganancias al pago de impuestos, sin embargo las leyes fiscales permiten deducir cierto porcentaje del mismo esto a través de la comprobación de facturas de la empresa o bien del patrón. Ahora hay ciertos patrones que deciden buscar deducir la mayor cantidad de dinero posible lo cual es totalmente valido, algunos inclusive mezclan gastos personales o familiares y lo hacen ver como si fuera parte de la empresa para el mismo propósito. Sin embargo según menciona el autor Gómez Porchini, algunos patrones han llegado a despedir y recontratar a sus mismos empleados a través de una outsourcing para que sea posible facturar en su totalidad el costo del trabador, permitiéndose una mayor deducción de impuesto sin absorber directamente el costo de los mismos. No solo esto, también se sabe que frecuentemente el patrón registra al trabajador en el IMSS pero con un sueldo menor al que realmente gana, esto para que el patrón pague menos y haciéndole creer al trabajador que su sueldo no se le descontara tanto como debería ser y que no le traerá desventajas. 

Lo anteriormente mencionado implica que claramente se está haciendo un mal uso de las leyes laborales y fiscales pues han permitido su manipulación. Es más que obvio que es necesario reformarlas para evitar este tipo de fraudes. Ahora retomando lo que se mencionaba anteriormente del IMSS, esto aun y cuando se sabe que no debería ser de esta forma, de cierta manera es entendible desde el punto de vista del trabajador. Pues al trabajador que le importa cuánto dinero le están guardando para una pensión que quizá pueda obtener en un futuro, si ahorita en el momento el salario que le ofrece su patrón no es suficiente para cumplir con sus necesidades y la de su familia, es por eso que nunca estará en contra que le descuenten menos de su salario, pues después de todo es lo que menos ocupa. 

Recapitulando lo anteriormente mencionado en este breve ensayo, se sabe que desde la reforma laboral impuesta por el gobierno de Felipe Calderón ha traído consigo irregularidades que han permitido un abuso de las relaciones patrón – trabajador, esto a favor del patrón a reducir las prestaciones dadas al trabajador y por otra parte una disminución de costos adquiridos por el patrón al hacer mal uso de la ley fiscal y laboral. De lo anterior se puede concluir que si bien el congreso de la unión ha hecho modificaciones a ley federal del trabajo para corregir a medias algunos de los problemas ocasionadas por las “outsourcing”, esto no ha sido suficiente pues se siguen presentando abusos e ilegalidades. Mucho de esto ocasionado principalmente por la falta de información o conocimiento por parte de los trabajadores frente a los derechos que por ley poseen, una pobre ley laboral y fiscal que cuenta con muchas deficiencias las cuales los patrones más hábiles pueden aprovechar fácilmente y por último el medio tan difícil en México, en donde el desempleo, malos salarios, precios elevados para satisfacer las necesidades básicas han logrado que la competencia sea tan alta que ciertas personas estarían dispuestas a ceder derechos y a trabajar por menos. Por ende es claro que si se desea solucionar esta problemática social, se tendrá que hacer mucho trabajo en una reforma integral que involucre a todas las partes relacionadas, entiéndase por esto a los patrones, trabajadores, sindicatos, sistema laboral y fiscal, y que se tendrán que elaborar mecanismos de vigilancia y control de las relaciones antes mencionadas que permitan velar por los intereses tanto de los trabajadores como de los patrones, pero sin caer desequilibrios en donde una parte se convierta en un tirano sin escrúpulos por su parte recíproca. De no ser así, es muy probable que las tasas del empleo informal sigan aumentando y que el empleo formal cada vez sea más abusivo y tirano frente al trabajador, pues no quedara de otra más que seguir cediendo y perdiendo más





Referencias
"Ocupación y Empleo.”. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 12 Agosto 2013. Web. 16 Sep 2013.
Justiani, Arturo Alcalde. "El outsourcing en la reforma laboral. “Opinión. La jornada. Web. 16 Sep. 2013. http://www.jornada.unam.mx/2013/07/27/opinion/013a1pol .
Gómez Porchini, José Manuel. "Para explicar qué es el outsourcing." México debe salir adelante. N.p. Web. 16 Sep. 2013.


3 comentarios:

  1. Excelente punto de vista, muy bien fundamentado.

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  2. Coincido con lo anterior, es necesario una reforma integral que venga a solventar la problemática, al menos la ocasionada por la misma reglamentación.

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  3. Yo acabo de ser victima de este caso, la empresa a la que le trabajaba cancelo mi contrato no quiso darme la planta y la empresa de outsourcing no me quiso liquidar argumentando que no tienen obligacion conmigo ya que trabajaba para la otra empresa

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