Se entiende por jornada el tiempo que se le dedica a
realizar un trabajo y se conoce como jornada de trabajo el tiempo en que un
trabajador está a disposición de un patrón para prestar su trabajo, en base a
lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo artículo 58.
Existen diferentes tipos de jornadas en las que los trabajadores
pueden estar empleados: diurna, nocturna y mixta. La jornada de trabajo diurna
es aquella en la que el trabajador tiene un horario de 8 horas comprendidas en
un horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y puede tener una máxima jornada semanal de
48 horas. La jornada de trabajo nocturna comprende un horario de 7 horas laboradas
dentro de un horario de 8:00 p.m. a 6:00 a.m. y puede trabajar como máximo 42
horas semanales. Por otra parte también existe la jornada mixta, la cual
comprende trabajar diariamente 7 horas y media y los horarios pueden variar, ya
que puede tener días en que trabaje en jornada diurna y otros días en jornada
nocturna. La condición para que se pueda considerar jornada mixta es que la
jornada nocturna no exceda las tres horas y media en el día en que labora, ya
que si se excede, se considerará jornada nocturna, y la duración máxima de la
jornada mixta semanal es de 45 horas.
En el caso de los mayores de 15 años y menores de 18 años,
podrán trabajar como máximo 6 horas diarias y 36 horas semanales.
Existen diferentes disposiciones en la Ley que deben ser
concedidas a los trabajadores que tengan una jornada de trabajo continua y ésta
varía dependiendo del tipo de trabajo, ya que por ejemplo, a los trabajadores
se les debe conceder un descanso de por lo menos media hora durante su jornada,
pero en caso de que la empresa no le permita al trabajador salir durante su
reposo o su hora de comida del lugar donde presta sus servicios, ese tiempo se
considerará dentro de las horas de la jornada de trabajo.
Algo muy importante a considerar es que al momento en que
se firma el contrato de trabajo, se debe establecer la jornada de trabajo en la
que el empleado estará prestando sus servicios, la cual puede modificarse
posteriormente dependiendo de las circunstancias que se presenten en ambas
partes, pero es fundamental que éste cambio se conste por escrito para que
ambos firmen constando que están aceptando la nueva jornada de trabajo.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores
tienen derecho de por lo menos un día de descanso a la semana, el cual es por
lo general el domingo.
Los trabajadores también pueden percibir un ingreso por
parte de las horas extraordinarias que laboran, las cuales serán pagadas en
proporción al salario que reciban. De acuerdo a lo establecido en la Ley
Federal del Trabajo en el artículo 66, se menciona que las horas extras no
podrán exceder las tres horas diarias ni exceder esta situación más de tres
veces en una semana. Las horas extraordinarias se pagarán en un cien por ciento
más del salario que corresponde. En el caso en que las horas extras excedan
nueve horas a la semana, éstas se deberán pagar con un doscientos por ciento
más del salario que le corresponde.
Uno de los principales problemas que se ve relacionado a
las jornadas de trabajo, es que las empresas tienen trabajando a sus empleados
más de las horas permitidas por la ley y en muchas ocasiones no se las pagan.
Otro caso que se da frecuentemente, es que las empresas
abusan laboralmente del trabajo que se les solicita a los menores de edad, ya
que trabajan más de lo establecido por la ley o no perciben ningún salario.
Un caso publicado por Susana González en el 2012 en el
periódico La Jornada, es el de Wal–Mart, la cual es una empresa muy reconocida
a nivel mundial, y comentan que está cometiendo abusos laborales a los menores
de edad, ya que están firmando contratos pero sin recibir salario ni las
prestaciones mínimas que marca la Ley. El Proyecto de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (PRODESC) fue quien denunció a Wal-Mart por cometer estos
abusos, el cual menciona que los menores de edad “ni siquiera tienen un turno
garantizado” y ellos en ocasiones trabajan más de lo que el resto de los
empleados trabaja.
Wal-Mart incluso obliga a los menores de edad a pagar por
darles trabajo y también pagan una cuota
por adelantado para recibir su uniforme, el cual debería de ser entregado por
la propia empresa sin cobrar nada. La PRODESC encontró que la empresa Wal-Mart ha
pagado sobornos a funcionarios mexicanos para que se les permitiera continuar
con sus operaciones.
Las condiciones de trabajo que reciben los menores de
edad en ésta empresa no son justas. No sólo por el tipo de trabajo que realizan
o porque sean menores de edad, la empresa puede violar los derechos que ellos
tienen bajo la Ley. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley, los menores de edad
también tienen derechos laborales, por lo que la empresa debería de responder y
otorgarle los derechos que les pertenecen. Otro de los problemas a los que se
están exponiendo los menores de edad al trabajar en Wal-Mart, es que han sido
acusados de robo o de maltrato de las mercancías de los clientes y se les
obliga a pagar por dicha mercancía. La forma en que Wal-Mart trata de ocultar
las prácticas que está realizando, es diciendo que éstas personas son “voluntarias”,
a diferencia de los empleados, que se les considera como “asociados”, sin
embargo, los “voluntarios” como ellos le llaman, en ocasiones tienen igual o
mayores obligaciones que un “asociado”, con la diferencia de que los
“voluntarios” no perciben sueldos ni beneficios por parte de la Ley y tampoco
tienen asegurado el “trabajo”, ya que se les contrata por periodos temporales.
Lo que es cierto, es que una de las razones por la que
los menores de edad aceptan este tipo de condiciones laborales, es por la
pobreza en la que viven. Los menores de edad se ven orillados a aceptar éste
tipo de trabajos sin importar la condición en que lo hagan, ya que necesitan un
ingreso económico para ayudar a sus familias que se encuentran en pobreza. De
acuerdo a datos revelados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política
de Desarrollo Social (CONEVAL) se encuentra que la pobreza ha aumentado del
2010 al 2012 en un 1%, que aparentemente no es mucho, sin embargo es una cifra
que no debería estar aumentando, al contrario, cada vez deberían de ser menos
pobres los que haya en el país.
De acuerdo a un artículo publicado por Patricia Muñoz en
“La Jornada” de la UNAM, menciona que en el país no sólo se violan los derechos
laborales de los menores de edad, sino que también se están violando los
derechos laborales que tienen las personas con discapacidad y los indígenas,
las cuales llegan a sufrir de discriminación y de acoso sexual. Según un
informe elaborado por la Confederación Sindical Internacional (CSI), México no
está actuando adecuadamente al intentar resolver éste tipo de problemas y éste
caso se llevará directamente al Consejo General de la Organización Mundial del
Comercio, en el cual se expresa que el país no está protegiendo debidamente la
niñez contra la explotación laboral.
La OIT, tomando en cuenta las denuncias sobre la
violación de la autonomía sindical, ya ha realizado recomendaciones a México
sobre la forma en que debe de actuar para evitar éste tipo de problemas
laborales.
En otro artículo publicado también por Patricia Muñoz,
menciona que de acuerdo a una capítulo del Tribunal Permanente de los Pueblos
(TPP), México encabeza como uno de los
países donde se cometen más violaciones a los derechos de los trabajadores,
pero gran parte de esto se debe a que se les ha permitido a los patrones que
cometan éste tipo de ilegalidades. El principal responsable de que no se cumpla
con la Ley es el Gobierno Federal, en particular a los titulares de la
Presidencia de la República y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
(STPS) (Muñoz, 2013).
Otro caso que se ha presentado en México, es que empresas
extranjeras se establecen en el territorio mexicano y violan los derechos
laborales del país, pero los de su país de origen los siguen respetando y ésta
situación se da, porque el país así lo está permitiendo. Un claro ejemplo
podría ser el de la empresa PKC Arneses, la cual se ubica en Ciudad Acuña
Coahuila y es originaria de Finlandia. La empresa cumple con todas las leyes en
Finlandia, respeta los derechos laborales y humanos porque así lo exige el
gobierno de esa nación, sin embargo, cuando entró a territorio mexicano, el
gobierno federal le permitió violar los derechos laborales de sus trabajadores
bajo abusos, amenazas, despidos injustificados, acoso sexual y todo esto lo
hacen sin que alguien los detenga o que los hagan cumplir con la ley (Gómez,
2013). La corrupción que hay en México es lo que ha permitido que la empresa
pueda realizar éste tipo de actividades sin que tenga ningún problema con la
Ley.
Después de analizar diferentes casos en los que los
derechos laborales han sido violados, al igual que las jornadas de trabajo, se
puede ver que el gobierno mexicano está contribuyendo en que no se respeten las
leyes, ya que las empresas que están involucradas en éstos temas, no tienen
consecuencias legales y lamentablemente hay trabajadores, como el caso de los
menores de edad, que no dicen nada para no perder su trabajo porque la
situación económica en la que se encuentran no se los permite, por lo que prefieren
mantener su trabajo bajo esas situaciones injustas; por otra parte también
tienen miedo a las represalias que pudieran darse. Éste es un problema que se
debe de atender de inmediato, ya que está afectando a muchas personas y va en
contra de la dignidad humana y de sus derechos como personas.
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