El objetivo de este ensayo es analizar el ambiente laboral para los
estudiantes en México, esto inspirado a través de un hecho reciente que atrajo
la atención de la prensa local en el estado de Campeche, pero que a través de
las redes sociales causó impacto principalmente entre los estudiantes de
medicina de todo el país. Se trata de la muerte del practicante de medicina
Julio Arroyo quien fue en esta ocasión la noticia que dejó en evidencia la
precaria regulación laboral que se tiene en el tema, no solamente de los
practicantes de medicina, sino de los trabajos para estudiantes en general.
En
este ensayo se busca especializar la discusión a los practicantes de medicina
ya que la contribución de sus servicios no está especificada en varios aspectos
en las leyes. Se comenzará por detallar el mercado laboral, seguido por la
oferta y demanda de estudiantes de medicina y en tercer lugar su relación con
la seguridad social.
El
mercado laboral para los practicantes de medicina es particular debido a que al
estudiar cualquier otra carrera profesional el estudiante tiene la libertad de
escoger si realizará sus prácticas profesionales en alguna empresa privada o en
alguna de las 17 secretarías (SEGOB: Secretaría de Gobernación, SER:
Secretaria de Relaciones Exteriores , SHCP:
Secretaría de Hacienda y Crédito Público , SEDENA: Secretaria de la defensa Nacional, SEMAR: Secretaría de Marina, SE: Secretaria de Economía, SEDESOL: Secretaria de Desarrollo
Social, SFP: Secretaria de la Función Pública, SCT: Secretaria de Caminos y
Transportes, STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social, SEMARNAT:
Secretaria de Medio Ambiente y Recursos de Naturales, SENER: Secretaría de
Energía, SAGARPA: Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca
y Alimentación, SEP: Secretaria de Educación Pública, SALUD: Secretaría de
Salud, SECTUR: Secretaria de Turismo y SEDATU: Secretaria de Desarrollo Agrario
Territorial y Urbano) o demás organismos gubernamentales y
asociaciones civiles. Sin embargo, al terminar de estudiar se está forzado a un
año de servicio sin pagar y con condiciones “muy particulares” por el simple
hecho de ser médico. La pregunta aquí convendría ser ¿por qué?, según la Ley
Federal del Trabajo en su ya muchas veces citado Artículo 61 declara “La
duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y
siete horas y media la mixta” sin embargo solamente por tratarse de un médico
el cual ni si quiera se considera profesional al ser distinguidos entre
residentes y no residentes, se establece que la jornada es de 24 horas. Creo
prudente la formación de nuevos contratos de trabajo donde no solamente por no tener
el título de medicina se violen los derechos laborales, que si se compara este
en particular con los de un obrero este tendría más derechos sociales que un
residente médico. La jornada laboral de 8 horas máximas tiene justificación en
que como seres humanos se necesita descansar para efectuar las labores con el
rendimiento óptimo de calidad, sin esto a pesar de tener atención médica, su
calidad podría ser dudosa.
Por
otro lado, muchos programas sociales tanto nacionales como a nivel entidad
federativa por ejemplo; “Seguro popular”,”Programa de Apoyo Alimentario,
Servicios Médicos y Medicamentos Gratuitos para Adultos Mayores de 70 años en
el Distrito Federal”, “Programa de atención a jornaleros agrícolas”, entre
muchos en su mayoría planeados y evaluados por la SEDESOL incurren en demanda
de recursos tanto financieros como humanos, donde uno de los principales son
doctores. Una de las principales causas para que el gobierno se preocupe por
salud, se remonta desde 1910 en la revolución mexicana, ya que fue un factor
para conformar los llamados derechos sociales esto reforzado por la Declaración
Universal de los Derechos Humanos creada en 1948, la cual se firmó por todos
los países miembros de las Naciones Unidas. En ambas el derecho a la protección
de la salud es tan importante que en México se elevó al rango de constitucional
en su artículo 4° “Toda persona tiene
derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades
para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la
Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general,
conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”
adicionado el 2 de Marzo de 1983. Sin
embargo al analizar un poco por parte de la oferta de doctores, se refirió a la
La Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE) por sus siglas en inglés, de la
cual México es miembro desde 1994 y cuenta con estadísticas de salud que han
sido recolectadas para los miembros de esta organización. Se comparó a 15
países además de México en estadísticas de número de doctores con licencia para
practicar y ejerciendo, seleccionados por ser miembros también de la OCDE y
tener información disponible de 1994 a 2011:
1.
Austria
2.
Bélgica
3.
Republica Checa
4.
Estonia
5.
Alemania
6.
Hungría
7.
Islandia
8.
Corea
9.
Luxemburgo
10. México
11. Noruega
12. Polonia
13. Suiza
14. España
15. Reino Unido
16. Estados Unidos
El país con mayor número de doctores por cada 1000
habitantes, fue Austria con 4.11 en promedio, siendo su máximo 2011 con 4.83 y
siendo los 2 más bajos México y Corea con 1.52, cabe resaltar que México es del
promedio más bajo en los 18 años comparados. Es decir tiene de las menores
cantidades de doctores por cada 1000 habitantes, pero destaca por tener una
estructura de seguridad social amplia y en su mayoría de bajo costo. Lo cual
puede ser causa de las precarias condiciones laborales para los practicantes de
medicina en México.
Número de doctores por cada 1000 habitantes
|
|
Año
|
México
|
1994
|
1.56
|
1995
|
1.65
|
1996
|
1.65
|
1997
|
1.69
|
1998
|
1.71
|
1999
|
1.72
|
2000
|
1.63
|
2001
|
1.52
|
2002
|
1.54
|
2003
|
1.6
|
2004
|
1.67
|
2005
|
1.8
|
2006
|
1.93
|
2007
|
1.97
|
2008
|
2.01
|
2009
|
2.05
|
2010
|
2.08
|
2011
|
2.2
|
Fuente: Elaboración propia con datos de la OECD
|
Según información de la Secretaría de Salud en su “Marco legal que regula los recursos humanos para la salud” señala que “El mercado laboral de los recursos humanos para la salud, no obstante que su configuración depende de las leyes de la economía, cuenta con diversos referentes jurídicos que coadyuvan a la comprensión de sus circunstancias, aquí se exponen algunas reflexiones en torno a estos aspectos normativos” y esta información combinada con las estadísticas antes presentadas se puede concluir que debido a que hay mucha demanda de servicios y se cuenta con muy poco médicos por habitante en general el precio de acceder a la salud en México sería muy caro, y debido a las pocas opciones laborales su calidad también sufriría. Según (Ruiz, Molina y Nigenda, 2013) la Secretaría de Salud y el Instituto Mexicano del Seguro Social en 2001 tenían el 82.3% del total de los médicos, año en que curiosamente es el mínimo de doctores por habitante en el país, denotando que tal vez la concentración en instituciones de la salud lleven a la precaria atención médica en el país.
El 17
de Abril de 2009 se reformó mediante decreto el artículo 51 adicionando un
párrafo que dice “Artículo 51.- Los
usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad
idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como
trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares. Los
usuarios tendrán el derecho de elegir, de manera libre y voluntaria, al médico
que los atienda de entre los médicos de la unidad del primer nivel de atención
que les corresponda por domicilio, en función del horario de labores y de la
disponibilidad de espacios del médico elegido y con base en las reglas
generales que determine cada institución. En el caso de las instituciones de
seguridad social, sólo los asegurados podrán ejercer este derecho, a favor suyo
y de sus beneficiarios” agregando cada vez más obligaciones a los médicos, sin
embargo la calidad y sostenibilidad de programas no se solucionan en mi opinión
mediante decretos, sino mediante acciones claras que hagan de las políticas un
reflejo para mejorar la realidad del país y se aseguren de que las condiciones
sean buenas no solo para los pacientes, sino también para los trabajadores de
la salud. Ya que el mérito de estos programas usualmente se queda en las cifras
que hacen quedar bien a los secretarios y a los gobernantes.
En
cuanto a la remuneración, el artículo 5°
Constitucional establece que los servicios profesionales de índole social serán
obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que
esta señale. Y en la Ley General de Educación en su artículo 24 “Los
beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio
social, en los casos y términos que señalen las disposiciones reglamentarias
correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como
requisito previo para obtener título o grado académico”, sin embargo bajo esta
reglamentación los estudiantes de escuelas privadas o personas a las que
el Artículo 6º de la misma ley el cual
establece que “la educación que imparta el estado será gratuita” , no fue cumplido
deberían tener el derecho de decidir hacer o no hacer el servicio social, ya
que el fin de este es la retribución de la parte económica financiada
supuestamente por el gobierno, lo cual en muchos casos es falsa. Si se hiciera
vocacionalmente creo que se debería considerar un salario mínimo para cubrir
gastos de transporte y alimentación, los cuales actualmente no son
proporcionados, ya que hasta ese momento ya se labora y sus labores son de alta
importancia para la sociedad. Actualmente estas contribuciones están sujetas al
“presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal que corresponda” según declaran todas las secretarías
anteriormente mencionadas.
En
conclusión el servicio médico ha sido reglamentado especialmente ya que la
exigencia de estar titulado es un requisito esencial para el otorgamiento del
empleo y los gobiernos en varios niveles hacen promesas de cobertura de salud
con calidad y cada vez se ven más exigencias en las leyes laborales, sobre todo
en la cuestión de “mala práctica”, sin embargo por el lado de los derechos de
los practicantes la regulación se muestra descuidada y esto es importante para
garantizar que la cobertura correcta en salud se cumpla, y no ocurran hechos
lamentables de practicantes donde pierden su calidad de vida o en su defecto la
vida misma.
Bibliografía
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. s.f.
Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión. «Ley general de educación.» s.f.
OECD.
«Health Policies and Data.» s.f.
Ruiz,
Joaquín. «TodoPuebla.» Noviembre de 2013.
Ruiz, José Arturo, Joaquin
Molina y Gustavo Nigenda. «Médicos y mercado de trabajo en México.» 97 de
Agosto de 2013.
Secretaría
de Desarrollo Social. «Primer Informe Trimestral 2013.» s.f.
Secretaría
de Gobernación. «Diario Oficial de la Federación.» 4 de Enero de 2013.
Secretaría
de Salud. «Condiciones Generales de Trabajo.» s.f.
—.
«Marco legal que regula los recursos humanos de la salud.» s.f.
Secretaría
del Trabajo y Previsión Social. «Ley Federal del Trabajo.» 2013.
Suprema
Corte de Justicia de la Nación. «LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DE LOS
PRESTADORES DEL SERVICIO MÉDICO.» 2013.
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