martes, 10 de diciembre de 2013

Ambiente laboral para los estudiantes en México Estefany Reyes León





El objetivo de este ensayo es analizar el ambiente laboral para los estudiantes en México, esto inspirado a través de un hecho reciente que atrajo la atención de la prensa local en el estado de Campeche, pero que a través de las redes sociales causó impacto principalmente entre los estudiantes de medicina de todo el país. Se trata de la muerte del practicante de medicina Julio Arroyo quien fue en esta ocasión la noticia que dejó en evidencia la precaria regulación laboral que se tiene en el tema, no solamente de los practicantes de medicina, sino de los trabajos para estudiantes en general.  

En este ensayo se busca especializar la discusión a los practicantes de medicina ya que la contribución de sus servicios no está especificada en varios aspectos en las leyes. Se comenzará por detallar el mercado laboral, seguido por la oferta y demanda de estudiantes de medicina y en tercer lugar su relación con la seguridad social.

El mercado laboral para los practicantes de medicina es particular debido a que al estudiar cualquier otra carrera profesional el estudiante tiene la libertad de escoger si realizará sus prácticas profesionales en alguna empresa privada o en alguna de las 17 secretarías (SEGOB: Secretaría de Gobernación,  SER: Secretaria de Relaciones Exteriores , SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público , SEDENA: Secretaria de la defensa Nacional, SEMAR: Secretaría de Marina, SE: Secretaria de Economía, SEDESOL: Secretaria de Desarrollo Social, SFP: Secretaria de la Función Pública, SCT: Secretaria de Caminos y Transportes, STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social, SEMARNAT: Secretaria de Medio Ambiente y Recursos de Naturales, SENER: Secretaría de Energía, SAGARPA: Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, SEP: Secretaria de Educación Pública, SALUD: Secretaría de Salud, SECTUR: Secretaria de Turismo y SEDATU: Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano) o  demás organismos gubernamentales y asociaciones civiles. Sin embargo, al terminar de estudiar se está forzado a un año de servicio sin pagar y con condiciones “muy particulares” por el simple hecho de ser médico. La pregunta aquí convendría ser ¿por qué?, según la Ley Federal del Trabajo en su ya muchas veces citado Artículo 61 declara “La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta” sin embargo solamente por tratarse de un médico el cual ni si quiera se considera profesional al ser distinguidos entre residentes y no residentes, se establece que la jornada es de 24 horas. Creo prudente la formación de nuevos contratos de trabajo donde no solamente por no tener el título de medicina se violen los derechos laborales, que si se compara este en particular con los de un obrero este tendría más derechos sociales que un residente médico. La jornada laboral de 8 horas máximas tiene justificación en que como seres humanos se necesita descansar para efectuar las labores con el rendimiento óptimo de calidad, sin esto a pesar de tener atención médica, su calidad podría ser dudosa.

Por otro lado, muchos programas sociales tanto nacionales como a nivel entidad federativa por ejemplo; “Seguro popular”,”Programa de Apoyo Alimentario, Servicios Médicos y Medicamentos Gratuitos para Adultos Mayores de 70 años en el Distrito Federal”, “Programa de atención a jornaleros agrícolas”, entre muchos en su mayoría planeados y evaluados por la SEDESOL incurren en demanda de recursos tanto financieros como humanos, donde uno de los principales son doctores. Una de las principales causas para que el gobierno se preocupe por salud, se remonta desde 1910 en la revolución mexicana, ya que fue un factor para conformar los llamados derechos sociales esto reforzado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos creada en 1948, la cual se firmó por todos los países miembros de las Naciones Unidas. En ambas el derecho a la protección de la salud es tan importante que en México se elevó al rango de constitucional en su artículo 4°  “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución” adicionado el 2 de Marzo de 1983.  Sin embargo al analizar un poco por parte de la oferta de doctores, se refirió a la La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) por sus siglas en inglés, de la cual México es miembro desde 1994 y cuenta con estadísticas de salud que han sido recolectadas para los miembros de esta organización. Se comparó a 15 países además de México en estadísticas de número de doctores con licencia para practicar y ejerciendo, seleccionados por ser miembros también de la OCDE y tener información disponible de 1994 a 2011:
1.      Austria
2.      Bélgica
3.      Republica Checa
4.      Estonia
5.      Alemania
6.      Hungría
7.      Islandia
8.      Corea
9.      Luxemburgo
10.  México
11.  Noruega
12.  Polonia
13.  Suiza
14.  España
15.  Reino Unido
16.  Estados Unidos

El país con mayor número de doctores por cada 1000 habitantes, fue Austria con 4.11 en promedio, siendo su máximo 2011 con 4.83 y siendo los 2 más bajos México y Corea con 1.52, cabe resaltar que México es del promedio más bajo en los 18 años comparados. Es decir tiene de las menores cantidades de doctores por cada 1000 habitantes, pero destaca por tener una estructura de seguridad social amplia y en su mayoría de bajo costo. Lo cual puede ser causa de las precarias condiciones laborales para los practicantes de medicina en México. 

Número de doctores por cada 1000 habitantes
Año
México
1994
    1.56
1995
    1.65
1996
    1.65
1997
    1.69
1998
    1.71
1999
    1.72
2000
     1.63
2001
     1.52
2002
     1.54
2003
      1.6
2004
     1.67
2005
     1.8
2006
    1.93
2007
    1.97
2008
    2.01
2009
    2.05
2010
    2.08
2011
     2.2
Fuente: Elaboración propia con datos de la OECD

 

Según información de la Secretaría de Salud en su “Marco legal que regula los recursos humanos para la salud” señala que “El mercado laboral de los recursos humanos para la salud, no obstante que su configuración depende de las leyes de la economía, cuenta con diversos referentes jurídicos que coadyuvan a la comprensión de sus circunstancias, aquí se exponen algunas reflexiones en torno a estos aspectos normativos” y esta información combinada con las estadísticas antes presentadas se puede concluir que debido a que hay mucha demanda de servicios y se cuenta con muy poco médicos por habitante en general el precio de acceder a la salud en México sería muy caro, y debido a las pocas opciones laborales su calidad también sufriría. Según (Ruiz, Molina y Nigenda, 2013) la Secretaría de Salud y el Instituto Mexicano del Seguro Social en 2001 tenían el 82.3% del total de los médicos, año en que curiosamente es el mínimo de doctores por habitante en el país, denotando que tal vez la concentración en instituciones de la salud lleven a la precaria atención médica en el país.


El 17 de Abril de 2009 se reformó mediante decreto el artículo 51 adicionando un párrafo que dice  “Artículo 51.- Los usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares. Los usuarios tendrán el derecho de elegir, de manera libre y voluntaria, al médico que los atienda de entre los médicos de la unidad del primer nivel de atención que les corresponda por domicilio, en función del horario de labores y de la disponibilidad de espacios del médico elegido y con base en las reglas generales que determine cada institución. En el caso de las instituciones de seguridad social, sólo los asegurados podrán ejercer este derecho, a favor suyo y de sus beneficiarios” agregando cada vez más obligaciones a los médicos, sin embargo la calidad y sostenibilidad de programas no se solucionan en mi opinión mediante decretos, sino mediante acciones claras que hagan de las políticas un reflejo para mejorar la realidad del país y se aseguren de que las condiciones sean buenas no solo para los pacientes, sino también para los trabajadores de la salud. Ya que el mérito de estos programas usualmente se queda en las cifras que hacen quedar bien a los secretarios y a los gobernantes.

En cuanto a la remuneración, el artículo 5° Constitucional establece que los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que esta señale. Y en la Ley General de Educación en su artículo 24 “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos que señalen las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”, sin embargo bajo esta reglamentación los estudiantes de escuelas privadas o personas a las que el  Artículo 6º de la misma ley el cual establece que “la educación que imparta el estado será gratuita” , no fue cumplido deberían tener el derecho de decidir hacer o no hacer el servicio social, ya que el fin de este es la retribución de la parte económica financiada supuestamente por el gobierno, lo cual en muchos casos es falsa. Si se hiciera vocacionalmente creo que se debería considerar un salario mínimo para cubrir gastos de transporte y alimentación, los cuales actualmente no son proporcionados, ya que hasta ese momento ya se labora y sus labores son de alta importancia para la sociedad. Actualmente estas contribuciones están sujetas al “presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda” según declaran todas las secretarías anteriormente mencionadas.

En conclusión el servicio médico ha sido reglamentado especialmente ya que la exigencia de estar titulado es un requisito esencial para el otorgamiento del empleo y los gobiernos en varios niveles hacen promesas de cobertura de salud con calidad y cada vez se ven más exigencias en las leyes laborales, sobre todo en la cuestión de “mala práctica”, sin embargo por el lado de los derechos de los practicantes la regulación se muestra descuidada y esto es importante para garantizar que la cobertura correcta en salud se cumpla, y no ocurran hechos lamentables de practicantes donde pierden su calidad de vida o en su defecto la vida misma.

Bibliografía

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. s.f.
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. «Ley general de educación.» s.f.
OECD. «Health Policies and Data.» s.f.
Ruiz, Joaquín. «TodoPuebla.» Noviembre de 2013.
Ruiz, José Arturo, Joaquin Molina y Gustavo Nigenda. «Médicos y mercado de trabajo en México.» 97 de Agosto de 2013.
Secretaría de Desarrollo Social. «Primer Informe Trimestral 2013.» s.f.
Secretaría de Gobernación. «Diario Oficial de la Federación.» 4 de Enero de 2013.
Secretaría de Salud. «Condiciones Generales de Trabajo.» s.f.
—. «Marco legal que regula los recursos humanos de la salud.» s.f.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social. «Ley Federal del Trabajo.» 2013.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. «LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO MÉDICO.» 2013.

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