martes, 1 de abril de 2014

Cuando el trabajo nunca acaba. Ninel Alejandra Gámez Morín




El siguiente texto pretende hablar sobre las jornadas laborales y como afectan al individuo, el conflicto que suele darse ante las jornadas laborales se vuelve un círculo vicioso porque del trabajo a la casa y de la casa al trabajo y de los problemas a los problemas el trabajador no encuentra el descanso que merece, no se da un tiempo específico para el reponerse cosa que suele afectar la vida laboral y personal del trabajador; las jornadas laborales son importantes porque son las que van a definir el tiempo del individuo y tiempo mal empleado y sin descanso se convierte en una fórmula desastrosa que puede llegar afectar la salud del trabajador como se menciona en el texto de Barros.

Para esto se analizará el texto de Santa Cruz que habla sobre los tipos de jornadas de trabajo, los tipos de descansos del trabajador y las compensaciones por la extensión en el horario laboral, también conocida como horas extras. Otro tema a tratar es la satisfacción laboral de los empleados, ¿Qué tiene que ver con las jornadas laborales se preguntarán? La jornada laboral es una variable importante en la fórmula para obtener la satisfacción de los empleados debido a que es la variable de la que se decide el tiempo que le van a dedicar al patrón y si esta se extiende sin las compensaciones debidas, inhibe la satisfacción laboral que termina por disminuir el desempeño de la persona, creando así un conflicto en aspecto laboral y personal, cabe aclarar que lo que afecta al empleado no es la jornada laboral en sí, sino la duración de la misma.

También se tomará en cuenta la consecuencia de la fórmula de la que tanto hemos hablado que radica en el cansancio que padecen los trabajadores antes las exhaustivas jornadas laborales. En el presente texto no descubriremos las fórmula perfecta para encontrar la satisfacción laboral y tampoco encontraremos cuál es la jornada del trabajo perfecta para el trabajador que no le genere ningún conflicto, pero si nos ayudará a comprender como es que nace dicho conflicto y alguna de las consecuencias que se manifiestan.

Primeramente hablaremos sobre la jornada de trabajo, es decir, el tiempo que el empleado le dedica al patrón; actualmente existen tres tipos de jornadas: diurna, nocturna y mixta, según el artículo 61 de la cámara de diputados la jornadas constarán de ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta[1], el trabajador debe de contar con horas de descanso durante su jornada laboral y dicho descanso debe de ser por lo menos de media hora. Por otra parte la mayoría de los empleados en México trabajan horas extras y no son compensados como es debido, Según la investigación de Santa cruz  existe una bolsa de internet que afirma que el 67% de los profesionistas no recibe pago compensatorio, estudios hechos por la OMC muestran que por una jornada de más de ocho y diez horas y 24.6% de los empleados trabaja más de 10 horas, en los estudios de la OCC Mundial se determina que al pedir vacaciones el 39% de los empleados ve en riesgo su puesto de trabajo[2].

Así mismo Bell y Hart presentan es su estudio sobre el trabajo mal pagado que la mayoría de los empleados trabaja más horas que de lo que su contrato establece y esto ha causado un desorden en el establecimiento del sueldo correcto para el trabajador debido a la falta de pago de las mismas, pero el problema no radica en no saber cuál es el sueldo adecuado para el empleado que trabaja horas extras, el verdadero problema radica en la falta de pago de dichas horas empleadas.[3] 

Muchos nos preguntamos en donde queda la justicia hacia el empleado que tiene que padecer largas y extensas jornadas laborales sin las compensaciones que merece, pero sobre todo nos preguntamos el por qué el empleado está dispuesto a seguir trabajando en un empleo mal pagado, algunas de las razones se deben a que el empleado no tiene fijo el tiempo en que va a cumplir la tarea que el patrón le asignó y termina quedándose más de lo necesario para terminar el trabajo[4], además de que persiste el miedo a perder el trabajo por quejarse de las horas extras.

Ahora bien, cuando el trabajo nunca  se acaba, el empleado entra en un conflicto interpersonal, porque la persona va cargando sus problemas de un lado para otro, de la casa hasta el trabajo y del trabajo hasta la casa, cosa que genera una insatisfacción tanto en el aspecto laboral como en el personal, en México la satisfacción laboral no es un aspecto o un tema que cause mucho interés en los medios de comunicación debido a que tal vez sea una opción casi imposible para la mayoría de la población que se ve obligada a trabajar para comer y a vivir para trabajar; este tipo de personas no suele encontrarle sentido a la “satisfacción laboral”.

La satisfacción laboral es considerada como un indicador de calidad en el puesto de trabajo, la satisfacción de un trabajador con su entorno laboral  es un aspecto sumamente relevante para la empresas debido a que entre mejor sea la satisfacción del empleado mejor hará su trabajo, la fidelidad de un trabajador hacia la empresa, su productividad y el nivel de ausentismo o rotación dependen mucho de la satisfacción laboral debido a que entre mayor sea el número de la misma también mejora el nivel de satisfacción de los clientes según diversos estudios.[5] A este paso pareciera que la satisfacción laboral es la solución de todos nuestros problemas debido a que cuando el empleado la tiene se obtienen resultados muy positivos al respecto, pero como toda buena solución no es algo que sea fácil de obtener.

No obstante cuando se da una solución incorrecta al problema de la fatiga que causan las horas extras se encuentran otro tipo de consecuencias además de no recibir las compensaciones debidas, como es el conflicto que suele darse entre el trabajo y la familia, además de la influencia que el estrés laboral puede causar a nuestra salud, particularmente la mental. Barros en su estudio nos describe como la jornada extendida de trabajo puede causar conflictos a la salud del empleado[6] y esto pasa cuando el conflicto es llevado al hogar y el trabajador no consigue el descanso que necesita, la falta de satisfacción en el trabajo también es la causante del conflicto y estrés del empleado y todo esto afecta en su desempeño.[7]    

Barros toma en cuenta el conflicto entre trabajo y familia y aunque su estudio se especifica más en las mujeres, deja muy claro que este tipo de conflicto puede darse entre ambos géneros. Un factor relevante del conflicto se da precisamente en la falta de tiempo para cumplir con ambos roles (sobre todo si se implementan las horas extras de trabajo) en el momento en que se da este tipo de conflicto las presiones laborales impactan en la familia como las presiones y deberes de la familia impactan el trabajo, como lo es por ejemplo el caso de las madres que trabajan que muchas veces suelen llegar a este tipo de conflicto de roles. [8]

Con esto podemos concluir que las jornadas extras de trabajo no solo implican consecuencias laborales sino que también afectan la vida personal del empleado, ya que no se busca el equilibrio, ni se respeta el tiempo que el trabajador tiene para su familia, por lo menos deberían de recibir la compensación que la ley establece debido a que estamos hablando del tiempo del empleado; el empleado no es ningún esclavo del que podamos disponer su tiempo y por eso es que se establecieron las jornadas laborales, actualmente no se ve que haya ningún tipo de sanción o acción en contra de las jornadas de laborales extendidas, debido a que la mayoría de los empleados justifica las horas extras o tiene miedo de perder su trabajo por hablar, esto hace que el empleado no tenga ningún tiempo de descanso y esto afecte su desempeño laboral y su vida personal, el equilibrio no es fácil y la solución que no afecte al patrón completamente no existe, pero tomar en cuenta los tiempos de descanso del trabajador también es importante para que el trabajador viva una vida plena  y su vida no se convierta en un ciclo de vivir para trabajar y  trabajar para  comer; Hay que recordar que “Saber el arte del descanso es una parte de trabajar”(John Ernst).




[1] Cámara de Diputados, Ley Federal, Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf

[3] Bell y Hart, Unpaid Work, University, of'Stirlinlg, Econiomiiic(a1 999) 66, 271-90 London School of Political science
[4] Bell y Hart, Unpaid Work, University, of'Stirlinlg, Econiomiiic(a1 999) 66, 271-90 London School of Political science
[5] Belda, R. Satisfacción laboral de los asalariados , Revista de Métodos Cuantitativos para la
Economía y la Empresa, ISSN (Versión electrónica): 1886-516Xed_revmetcuant@upo.es Universidad Pablo de Olavide España
[6] Barros, Conflicto entre trabajo y familia: efectos sobre la salud y resultados laborales en mujeres que  trabajan, Económicas y Administrativas Ciencias Pontificia Universidad Católica de Chile
[7] Barros, Conflicto entre trabajo y familia: efectos sobre la salud y resultados laborales en mujeres que  trabajan, Económicas y Administrativas Ciencias Pontificia Universidad Católica de Chile
[8] Barros, Conflicto entre trabajo y familia: efectos sobre la salud y resultados laborales en mujeres que  trabajan, Económicas y Administrativas Ciencias Pontificia Universidad Católica de Chile

El Municipio Mexicano. Ramón Durón Ruiz "El Filósofo de Güemez"

El municipio mexicano inició como una figura política en la América continental, gracias a la audacia jurídica de Hernán Cortés, al fundar la Villa Rica de la Vera Cruz, hecho que le valió para recibir los cargos de justicia mayor y capitán general, omitiendo con ello la tutoría de Diego de Velázquez, gobernador de Cuba.

La Villa Rica de la Vera Cruz fue el primer municipio en territorio indígena -fundado el 19 de abril de 1519-, con su creación, el conquistador español buscaba establecer una institución jurídica que le otorgase facultades de control sobre los territorios descubiertos y protección de los intereses de los conquistadores.

En el inicio del siglo XIX, bajo el auspicio de las ideas libertarias de la Revolución Francesa, el municipio jugó un papel preponderante, basta recordar el discurso de Primo de Verdad en 1808, en el cabildo de la Ciudad de México, que unido a otros integrantes del Ayuntamiento propuso desconocer la autoridad de la madre patria.

El primer evento jurídico de Hidalgo en su lucha por la independencia fue establecer, el 17 de septiembre de 1810, una junta municipal en San Miguel "El Grande" (actualmente San Miguel de Allende), Ayuntamiento que sería presidido por Ignacio Aldama, posteriormente se hizo lo mismo en Celaya y en Guanajuato.

La Constitución de Cádiz fue la primera en establecer con precisión los principios jurídicos mínimos del municipio, haciendo un tratamiento puntual de las atribuciones del mismo en México, y estableciendo la figura de jefe político, misma que serviría en las postrimerías del siglo XIX para demeritar el valor del municipio mexicano, a grado tal que fue uno de los temas sustantivos de la Constitución de 1917.

En el porfiriato, la figura de jefe político alcanzó su esplendor como autoridad intermedia entre el ayuntamiento y los gobiernos estatal y federal, haciendo que el gobierno municipal perdiera su independencia, de ahí que en muchos planes revolucionarios se destacó la consigna de "supresión de las jefaturas políticas, el reconocimiento de la personalidad jurídica del municipio, de su autonomía mediante la elección directa y popular de los ayuntamientos, y el otorgamiento de recursos a la hacienda municipal".

Actualmente vale la pena recordar que si el mundo vive en una crisis económica que alcanza al país, en donde más impacta es en las haciendas municipales, muchas de las cuales están en quiebra, careciendo de los recursos más indispensables para la operación mínima eficaz de la administración y los servicios públicos municipales.

México cuenta con 2,435 municipios, que a través de sus ayuntamientos atienden aproximadamente a 92 por ciento de la población del país -sólo el Distrito Federal no cuenta con municipios sino con delegaciones-. Una de las características más criticadas de nuestro federalismo es su centralismo fiscal, que ha generado una clara subordinación y una debilidad hacendaria del municipio mexicano, con escasa recaudación municipal, gran parte de los municipios del país están imposibilitados en cumplir sus obligaciones por sus incapacidades humanas y financieras.

La caída de los ingresos por el petróleo, sumada a una mínima captación tributaria por la SHCP ha impactado negativamente en la mayoría de las haciendas municipales, que han visto dramáticamente reducidas las participaciones federales, situación que ha orillado a muchos ayuntamientos a suspender obras, despedir personal, reducir o quedar a deber salarios y hasta pagos a CFE y proveedores.

Recientemente leí una declaración de autoridades federales que "no irán al rescate de haciendas municipales que estén en quiebra"; parecen ignorar que la gobernabilidad democrática emerge del municipio, que es el punto de contacto más directo y cercano a la ciudadanía.

Los gobiernos federal y estatales deben ir al rescate de los municipios más pobres, de no apoyar a aquéllos que debido a la crisis, a la ausencia de capacitación y recursos se encuentran insolventes, pronto tendremos municipios inundados por la basura y sin el resto de los servicios básicos disponibles para la población.

Si el primer impulso jurídico para el municipio lo dio la Constitución de Cádiz; el segundo el constituyente de 1917, el tercero deberá hacer realidad un federalismo renovado enmarcado en la tridimensionalidad del derecho que vislumbre al municipio: "como hecho, como derecho y como valor", valor, que en la realidad jurídico-política mexicana hemos omitido.

filosofo2006@prodigy.net.mx

domingo, 30 de marzo de 2014

La realidad de las huelgas en México. Javier Rivera Berumen



El principal objetivo de este ensayo es el de dar a conocer la verdadera realidad de las huelgas en México ya que es un tema que continuamente lo vemos en el país y es uno de los principales factores que hace que detonen las condiciones de inseguridad que se han venido presentando en el país y perjudica el desarrollo pleno de la sociedad.

La palabra huelga deriva del verbo holgar que significa no trabajar, descansar, estar de ocioso. La Real Academia Española define a la huelga como la “interrupción colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar ciertas condiciones o manifestar una propuesta”.

            En el Capítulo I, del Título Octavo de la Ley Federal del Trabajo, Artículo 440, se define a la huelga como “la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores”; los sindicatos de los trabajadores son considerados para coaliciones permanentes para el Artículo 441 del mismo capítulo.

            En el Artículo 445 se declara como ilícita la huelga “cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades, y en caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del Gobierno”.

            Según el artículo 447, “la huelga es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que dure”.

            Los objetivos y procedimientos de huelga se establecen en el Capítulo II del Título Octavo de la Ley Federal del Trabajo, los cuales son:
“I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia,
III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia,
IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;
V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y
VII. Exigir la revisión de los salarios pactados en los Contratos Colectivos y Contratos Ley”.
           
Para poder suspender los trabajos de una empresa se requiere que la suspensión sea realizada por la mayoría de los trabajadores que laboran en la empresa o establecimiento; si la suspensión del trabajo de la empresa o establecimiento se realiza por una minoría de trabajadores, la huelga es considerada inexistente, al igual que cuando no se cumple con lo establecido en lo Artículo 450.

            Según el Artículo 469, la huelga terminará cuando los trabajadores que están en huelga y los patrones de la empresa lleguen a un acuerdo por ambas partes, cuando el patrón se allana a las peticiones de la huelga o paga los salarios que dejaron de percibir los trabajadores, por laudo de una persona que elijan las partes o la Junta de Conciliación y Arbitraje.

            En el Artículo 716 del Capítulo V, se establece que son horas hábiles las comprendidas entre las siete y las diecinueve horas, pero en caso de estar en huelga todas las horas y todos los días son hábiles.

            El procedimiento de huelga, según el Artículo 920, iniciará mediante la presentación del pliego petitorio que debe contar con los siguientes requisitos:
“I. Se dirigirá por escrito al patrón y en él se formularán las peticiones, anunciarán el propósito de ir a la huelga si no son satisfechas, expresarán concretamente el objeto de la misma y señalarán el día y hora en que se suspenderán las labores, o el término de prehuelga;
II. Se presentará por duplicado a la Junta de Conciliación y Arbitraje. Si la empresa o establecimiento están ubicados en lugar distinto al en que resida la Junta, el escrito podrá presentarse a la autoridad del trabajo más próxima o a la autoridad política de mayor jerarquía del lugar de ubicación de la empresa o establecimiento. La autoridad que haga el emplazamiento remitirá el expediente, dentro de las veinticuatro horas siguientes, a la Junta de Conciliación y Arbitraje; y avisará telegráfica o telefónicamente al Presidente de la Junta.
III. El aviso para la suspensión de las labores deberá darse, por lo menos, con seis días de anticipación a la fecha señalada para suspender el trabajo y con diez días de anticipación cuando se trate de servicios públicos, observándose las disposiciones legales de esta Ley. El término se contará a partir del día y hora en que el patrón quede notificado.”
           
A lo largo de la historia de la República Mexicana, se han desarrollado un gran número de huelgas, pero nos podemos dar cuenta que ninguna cumple al cien por ciento con los términos que rige la Ley Federal de Trabajo.

            Un claro ejemplo de una huelga pacifista, fue el movimiento de Tlatelolco en el año de 1968, en el cual se mostró la incapacidad de llegar a un común acuerdo entre el gobierno y los manifestantes y desencadenó una ola de violencia debido a que México era el foco de atención a nivel mundial.

            Otro ejemplo es el caso de los profesores que se manifiestan en huelga, lo cual general un gran problema, porque a pesar de incidir en actos de violencia, perjudica a gran cantidad de personas, ya que generan caos en la sociedad obstruyendo vialidades o lugares públicos, al igual que perjudican a los alumnos al interrumpirles sus clases y no reponérselas en el futuro; como consecuencia trae problemas en el nivel de educación del país, tema del que sería interesante hablar más adelante.

            Últimamente hemos estado enterándonos de diferentes huelgas que se han llevado a cabo en el país, y nos damos cuenta que ninguna de éstas terminan bien, ya que existe violencia por parte de los huelguistas a tal grado que las fuerzas policiacas tienen que intervenir, pero en vez hacer pacífico el movimiento, generan más violencia ya que hacen uso excesivo de la autoridad.

            Pienso que se debería de aplicar sanciones a todo aquel que altere el orden público excesivo debido a las huelgas y tratar de solucionar todos estos problemas sin necesidad de llegar a estas instancias, puesto que éstas representan grandes pérdidas para la institución o empresa en la que laboran, ya que muchas de éstas generan grandes pérdidas de dinero ya que se les debe de pagar el sueldo según lo establece la Ley Federal del Trabajo, al igual que la reputación de la empresa se va para abajo debido a que a nivel nacional se muestran los conflictos que ésta tiene; las huelgas también generan grandes pérdidas para la sociedad, ya que durante su desarrollo, los huelguistas aprovechan para realizar actividades de vandalismo, destruyendo todo lo que encuentran a su paso perjudicando a terceros.

            Para concluir cabe resaltar que la violencia genera más violencia, así que el gobierno debería evitar mandar a un grupo de fuerzas policiacas y mejor mandar un grupo de personas y negociantes que pudiesen llegar a un acuerdo entre los huelguistas para tratar de solucionar los problemas de la mejor manera posible.
           






Bibliografía:
Ø  Obtenido el día 25 de marzo de 2014 de la internet. http://www.diputados.gob.mx/Leyes Biblio/pdf/125.pdf  
Ø  Obtenido el día 25 de marzo de 2014 de la internet. http://lema.rae.es/drae/?val=huelga  
Ø  Obtenido el día 25 de marzo de 2014 de la internet. http://noticias.terra.com.mx /mexico/df/maestros-de-la-cnte-convocan-a-huelga-nacional,7caf8de18aff0410V gnVCM20000099cceb0aRCRD.html