sábado, 14 de junio de 2014

El por qué de la urgencia en México de elaborar y aprobar un manual de técnica legislativa. Jesús Arturo Vallejo Mauricio.




Las universidades que cuentan actualmente con la Carrera de Derecho, tienen obligación de incluir en su currícula escolar las materias de redacción, interpretación y argumentación jurídica, para educar al alumno desde temprana edad en la buena escritura.

De igual forma, el alumno debe adentrarse a las reglas de ortografía, máxime en los alumnos carecen de las reglas de redacción y ortografía, sintaxis y gramática.

Es bien cierto que la carrera de leyes, es una de las que deben ser estrictas en cuento a la interpretación de las normas así como en la forma de redacción, es por ello que los catedráticos deben de tener en cuenta además de la teoría, un amplio bagaje intelectual, insertándose con estos requisitos el conocimiento de conceptos relativo a los latinismos y de otros idiomas.

El alumno, debe educarse que al leer un texto ya sea de lectura general como de un texto jurídico (que será su estilo de vida) debe contar con un diccionario a su lado, así como un vasto conocimiento de la literatura, teniendo como objeto principal que comprenda en su integridad lo que realmente el autor del libro quiso expresar.

Actualmente el joven no lee, causa de ello es que no comprende muchos de los conceptos elevados (que no es otra cosa que el desconocimiento del significado de la palabra) que vienen insertos en el texto, aduciendo que la literatura se encuentra aburrida y que no es de su interés. Problema que aqueja hoy en día al alumnado y que de alguna forma los maestros de cualquier nivel deben procurar inculcar a sus alumnos el afecto por la lectura de cualquier temática, sea jurídica, de cultura general, de historia, etcétera.

En México, no se cuenta con un Manual de Técnica Legislativa que permita las directrices a seguir en la elaboración y diseño de las normas. En 1992 se realizó un proyecto-iniciativa por parte del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) para crear reglas y estructura a seguir de las iniciativas de leyes o decretos, han pasado más de 20 años sin que la propuesta del PAN surta efectos positivos en nuestro país.

El rumbo de creación y redacción jurídica, en ambos poderes, actualmente carece de lineamientos y parámetros que ayuden a los asesores legislativos a tener una visión clara de creación de normas, leyes y decretos que traigan efectos positivos al interior y exterior del país.

Doctrinalmente, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), ha publicado varias obras jurídicas del tema, mismas que han servido exclusivamente como material doctrinal y académico, más no se aterrizan en la práctica jurídica y legislativa de nuestro país.

Urge crear mecanismos modernos para realizar un análisis y estudio tanto doctrinal como empírico de la Técnica Legislativa, teniendo como objetivo principal, que el Poder Ejecutivo y Legislativo de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) cuenten con un documento que les dicte y les marque las directrices a seguir a la hora de elaborar una iniciativa de ley, decreto o bando municipal, llevando a la práctica la redacción e interpretación jurídica así como la terminología jurídica y social idónea con su propio estilo de creación de ley.

El doctor José María Codes Calatrava (España)[1], enuncia “que México, al igual que España, son países descentralizados territorialmente, lo cual hace que haya varios Parlamentos legislando dentro de un mismo país, cada uno con su estilo. Eso hace prácticamente imposible un estilo unificado de las leyes”. Sumándose a la propuesta de un servidor, para que se apruebe un documento único que dé directrices para que todos los legisladores del país redacten de un modo homogéneo, claro y conciso, con un lenguaje claro y llano y que permita que la aprobación de las leyes sirvan para satisfacer la necesidades de una sociedad en constante movimiento estructural, económico, social, político y cultural.

Siguiendo con la exposición del doctor José María Codes Calatrava, expresa que “En España son los Letrados de las Cortes Generales los que, en cada comisión, deben cumplir las Directrices de Técnica Legislativa, para la cual se forman con profundidad”, añadiendo además que en España,  una de las trabas para realizar con éxito la creación de las normas, se debe a que éstas se realizan con rapidez, que en México se podría interpretar al vapor; debido a las siguientes premisas: a) ausencia de valor normativo de las directrices; b) ausencia de coordinación entre el Legislativo y el Ejecutivo en materia de Técnica Legislativa y, c) la falta de una Unidad específica de Técnica Legislativa en las Cortes Generales.

En México, el Congreso de la Unión, declara en su Reglamento Interno, que los legisladores contarán con un cuerpo especializado en cada materia a legislar, siendo a criterio del propio congreso la facultad de designar dicho cuerpo. Ante dicha situación, se debe analizar que dicho cuerpo especializado de juristas y académicos no han logrado unificar los criterios en la elaboración de las normas, teniendo como efecto negativo la mala calidad en la redacción jurídica de las normas o leyes, permeando la ausencia de satisfacer con los requisitos que el propio Congreso ha establecido a la hora de requerir de apoyo jurídico y legislativo externo.

Perú actualmente es uno de los países en Iberoamérica, y sin miedo a equivocarme, que cuenta con un alto grado de avance en la materia, contando en la actualidad con un Manual y Guía de Técnica Legislativa; Costa Rica, cuenta con un área de filología y correctores de estilo, donde antes de aprobar la ley se debe pasa por ese filtro de revisión; Ecuador, el Congreso creó la Escuela Legislativa, con la finalidad de capacitar a los asambleístas, al equipo técnico y asesores que elaboran la redacción y revisión de leyes, así como en las áreas de conocimiento legislativo y político; Venezuela, existe una escuela de formación, que dentro de los múltiples cursos a ofrecer, se encuentra el de Técnica Legislativa, que solo refiere a la estructura material y procedimiento, dejando de lado la lingüística, las reglas de redacción, ortografía, sintaxis, puntuaciones, etc.

La interrogante sería, ¿México se encuentra en un momento oportuno para que la Cámara de Diputados, H. Congreso de la Unión, apruebe un Manual de Técnica Legislativa?, con el objetivo de proporcionar las directrices a seguir en todas las etapas del proceso legislativo o ejecutivo, ya sea de competencia federal o estatal, permitiendo que el resultado de aprobación de una ley o decreto sea el más propicio y favorable para la sociedad mexicana; de igual forma resultaría adecuado que los municipios lo tomaran como base para la elaboración y aprobación de bandos de policía y buen gobierno.     


JESÚS ARTURO VALLEJO MAURICIO
Monterrey, Nuevo León, México.


[1] Letrado de las Cortes generales de España y Directora de Relaciones Institucionales del Senado de España. Profesor en el Curso en línea “Técnica Legislativa, Edición 10”, impartido por el Congreso de Diputados de España y la Fundación Centro de Educación a Distancia para el Desarrollo Económico y Tecnológico (Fundación CEDDET, -España e Iberoamérica).

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