jueves, 25 de noviembre de 2010

Comentarios de Mauricio Martínez a la nota: La Tarjeta Feria.


La tarjeta feria es la cereza del pastel que es la afrenta de transporte público que tiene la ciudad. Estoy de acuerdo en que siempre que exista una posibilidad para la mejora hay que aprovecharla, pero están dejando pasar oportunidades enormes con excelente potencial de beneficio a cambio de la migaja que representa el cobro electrónico.

Fundamento con el siguiente comparativo.

La ciudad de San Antonio tiene 1067 km cuadrados   http://en.wikipedia.org/wiki/San_Antonio  mientras que Monterrey tiene 969 km cuadrados http://en.wikipedia.org/wiki/Monterrey sin embargo, mientras que el sistema de transporte de la ciudad texana tiene 77 rutas  http://www.viainfo.net/BusService/Schedules.aspx aqui tenemos mas de trescientas http://www.nl.gob.mx/?P=aet_mapa_rutas_interactivo  algunas de las cuales son obsoletas o redundantes, o sea una ciudad que es una decima parte más pequeña tiene cuatro veces y media más rutas . Si lo que el concesionario busca es mejorar sus márgenes lo que necesita hacer es, antes que cualquier otra cosa, es cercenar el despilfarro, que en turno es lo que eleva los costos y lo que conlleva a la alza de precios.

Ahora bien, si hablamos de precios, mientras que el precio del servicio para el usuario aqui es de 7.50  http://www.nl.gob.mx/?P=tarifas allá es de 1.10  http://www.viainfo.net/FaresAndPasses/FaresList.aspx


Si ve este dato desde el punto de vista del tipo de cambio, pues en efecto allá es mas caro, sin embargo desde el matiz de la parte proporcional del salario mínimo qu esto representa aqui es el 13.43%  http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/

Bajo esta óptica proporcional, el precio del servicio local debería de ser de 1.05.

El uso de la tarjeta de prepago también se presenta en ambos servicios, pero mientras que aquí el uso es mandatorio bajo pena de multa (como usted lo menciona), allá su uso conlleva beneficios.

Suponiendo que el usuario solo use dicho servicio dos veces al día para ir y venir de su casa al trabajo y que trabaje 24 días al mes, estamos hablando de que pagará con su tarjeta feria 360 pesos.

Allá por 30usd puede comprar su tarjeta "big pass" que le ampara el uso del servicio para todo el mes, las veces que sean y las rutas que quiera http://www.viainfo.net/FaresAndPasses/FaresList.aspx 

De nuevo haciendo cuentas, mientras que un uso moderado aquí le representa al usuario casi una semana del salario mínimo, allá por un uso indiscriminado mensual pagan cuatro horas. Se imagina usted ir al Oxxo, pagar 14 pesos y que le recarguen su tarjeta feria para usarse las veces que guste durante todo el mes? Yo tampoco...

Los números no mienten, y la tarjeta feria es sólo una muestra más del modo en que el ciudadano es rehén de la incompetencia de su gobierno.

Saludos.

sábado, 20 de noviembre de 2010

SESENTA O SETENTA AÑOS EN EL SIGLO XXI

Con un muy cariñoso saludo a todos los que apenas
empezamos esas edades... o que nos falta mucho!!!

Si miramos con cuidado podemos detectar la aparición de una franja social que antes no existía: la gente que hoy tiene alrededor de sesenta años.

Es una generación que ha pateado fuera del idioma la palabra "sexagenario" o "septuagenario", porque sencillamente no tiene entre sus planes actuales el hecho de envejecer. Se trata de una verdadera novedad demográfica parecida a la aparición en su momento, de la "adolescencia", que también fue una franja social nueva que surgió a mediados del siglo veinte para dar identidad a una masa de niños desbordados en cuerpos creciditos, que no sabían hasta entonces dónde meterse, ni cómo vestirse.

Este nuevo grupo humano que hoy ronda los sesenta o setenta, ha llevado una vida razonablemente satisfactoria. Son hombres y mujeres independientes que trabajan desde hace mucho tiempo y han logrado cambiar el significado tétrico que tanta literatura rioplatense le dio durante décadas al concepto del trabajo. Lejos de las tristes oficinas de J.C. Onetti o Roberto Arlt, esta gente buscó y encontró hace mucho la actividad que más le gustaba y se ganó la vida con eso.

Supuestamente debe de ser por esto que se sienten plenos...algunos ni sueñan con jubilarse. Dentro de ese universo de personas saludables, curiosas y activas, la mujer tiene un papel rutilante. Esta mujer pudo sobrevivir a la borrachera de poder que le dio el feminismo y en determinado momento de su juventud en el que los cambios eran tantos, pudo detenerse a reflexionar qué quería en realidad.

Algunas se fueron a vivir solas, otras estudiaron carreras, otras eligieron tener hijos, otras fueron periodistas, atletas, o crearon su propio "YO S.A.". Pero cada una hizo su voluntad. Reconozcamos que no fue un asunto fácil y todavía lo van diseñando cotidianamente.

Pero algunas cosas ya pueden darse por sabidas, por ejemplo que no son personas detenidas en el tiempo; la gente de sesenta maneja la compu como si lo hubiera hecho toda la vida. Se escribe, y se ve, con los hijos que están lejos y hasta se olvidan del viejo teléfono para contactar con sus amigos y les escriben en e-mail sus ideas y vivencias.

Por lo general están satisfechas de su estado civil y si no lo están, no se conforman y procuran cambiarlo. Raramente se deshacen en un llanto sentimental. A diferencia de los jóvenes; ellos conocen y ponderan todos los riesgos. Nadie se pone a llorar cuando pierde: sólo reflexiona y toma nota, a lo sumo. La gente grande comparte la devoción por la juventud y sus formas superlativas, casi insolentes de belleza, pero no se sienten en retirada.

Compiten de otra forma, cultivan su propio estilo...Ellos no envidian la apariencia de jóvenes astros del deporte, o de los que lucen un traje Armani, ni ellas sueñan con tener la figura tuneada de una vedette. En lugar de eso saben de la importancia de una mirada cómplice, de una frase inteligente o de una sonrisa iluminada por la experiencia.

Hoy la gente de 60 ó 70, como es su costumbre, está estrenando una edad que todavía NO TIENE NOMBRE, antes los de esa edad eran viejos y hoy ya no lo son, hoy están plenos física e intelectualmente, recuerdan la juventud, pero sin nostalgias, porque la juventud también está llena de caídas y nostalgias y ellos lo saben.

La gente de 60 ó 70 de hoy, celebra el sol cada mañana y sonríe para sí misma muy a menudo...Quizás, por alguna razón secreta que sólo saben los de sesenta en el siglo XXI.

ANÓNIMO

Experiencias del Primer Módulo del Máster noviembre 2010

Integrantes del Primer módulo del Máster


Cuando empezó el Máster en Administración y Gerencia Pública en el Instituto de Administración Pública de España, Universidad de Alcalá, Alcalá de Henares, Madrid, España, la mayoría de nosotros –de los alumnos–, sentimos una sensación de incertidumbre, ya que el darnos cuenta que comenzaríamos una etapa nueva en nuestras vidas, se crea un escenario desconocido, lleno de retos, la impaciencia de poder conocer a los nuevos compañeros-amigos (que unos serán más unidos que otros y que todo será para bien), el saber de la calidad de los catedráticos que nos impartirán docencia, y por si no fuera poco el estar al pendiente del desarrollo temático del mismo.

A un mes y veinte días de convivencia, puedo hacer un recuento de lo bueno y malo que hemos pasado, hemos sido un salón muy unido y consolidado en todos los aspectos, compañeros de salón de gran altura en conocimientos, cada uno en sus áreas académicas y profesional, con un entusiasmo de sobresalir en un mediano plazo y con la exaltación de ser cada día mejores estudiantes.

No puedo dejar pasar lo más importante, el hacer mención que tenemos catedráticos de primer nivel en su calidad de enseñanza, cada uno aplicando su metodología de enseñanza y haciendo el enorme esfuerzo de exponernos de la manera más sencilla la conformación, desarrollo y actualidad de lo que es la Comunidad Europea, desde el enfoque histórico, financiero, laboral, cultural, estructural y económico. Enseñanza que servirá para poder entender la composición del continente Europeo, que como todos los sistemas políticos de vida tiene más beneficios que contras, al acceder a eliminar sus fronteras y dejar el libre tránsito de los ciudadanos por sus países y carreteras, demostrando con ello una gran sensibilidad política de parte de sus gobernantes.

Todo lo anterior, no sería posible sin el enorme esfuerzo que hace el Director del Máster el Dr. Don Miguel Sánchez Morón, la Coordinadora Doña África Carmona y de Doña María José Viana. A ellos, gracias por darnos las herramientas y el apoyo incondicional para resolver nuestras dudas e inquietudes.

El poder estar al pendiente de lo que pasa alrededor del Antiguo Colegio Mayor de San Ildefonso, fundada por el Cardenal Cisneros y que actualmente ocupa la Universidad de Alcalá, que se encuentra en completa remodelación y aún así sigue conservando su belleza arquitectónica. Es un placer y orgullo poder estudiar en tan prestigiado edificio, donde se siente la tranquilidad de sus pasillos y su historia.

Mi estimado lector, espero que estas breves líneas le sean de agrado. Ya que como mexicano que soy y que estoy orgulloso de mi tierra, le hago partícipe de las experiencias adquiridas, esperando que continuemos disfrutando de conocer más de la Madre Patria.

Espero sus comentarios.

Jesús Arturo Vallejo Mauricio




domingo, 14 de noviembre de 2010

Responsabilidad Solidaria en Materia Laboral

Registro No. 163743
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXII, Septiembre de 2010
Página: 1390
Tesis: XXXI.15 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN MATERIA LABORAL. LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO DEBE DETERMINARSE ENTRE LA PLURALIDAD DE DEMANDADOS, PARA QUE LA JUNTA, AL DICTAR EL LAUDO, CONDENE TANTO A QUIEN PAGABA EL SALARIO COMO A QUIEN MATERIALMENTE ESTABA AL MANDO Y DABA ÓRDENES.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia por contradicción de tesis 2a./J. 59/2000, publicada en la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, visible en la página setenta y dos del Tomo XII, correspondiente al mes de julio de dos mil, de rubro: "PLURALIDAD DE DEMANDADOS EN MATERIA LABORAL. NO BASTA QUE UNO DE ELLOS ADMITA SER EL ÚNICO PATRÓN PARA ABSOLVER AUTOMÁTICAMENTE A LOS RESTANTES, SINO QUE, ADEMÁS, DEBE HACERSE EL ESTUDIO DE LAS CONSTANCIAS PARA DECIDIR LO PROCEDENTE.", determinó que cuando en un juicio laboral se reclaman de varios demandados, el pago y cumplimiento de diversas prestaciones, el reconocimiento que de la relación haga cualquiera de ellos, es insuficiente para relevar de responsabilidad a los demás codemandados, pues ello depende de un estudio pormenorizado y minucioso que se haga respecto de quiénes son responsables de la relación laboral, atendiendo a los hechos en que se sustentan las acciones y las excepciones, así como a las pruebas aportadas al sumario, con lo que se pretende evitar que cuando exista responsabilidad solidaria, una persona insolvente asuma una responsabilidad que no le corresponde, dejando desprotegida a la clase trabajadora. Por otro lado, en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen a la prestación de un servicio personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario; de igual forma, de dichos preceptos se colige que, existe la presunción del vínculo laboral, entre el que presta un trabajo y el que lo recibe. En ese sentido, si del análisis que se hace de las constancias de autos, se advierte que el actor demanda en juicio laboral a diversas personas, atribuyéndole a una la remuneración por el trabajo realizado y a otra, estar al mando y ser de quien recibía órdenes, debe establecerse que con ambas existe la relación de trabajo, pues de una recibe el pago de un salario a cambio de un servicio personal subordinado y de la otra, las órdenes, estableciéndose la subordinación distintiva de una relación de trabajo; lo que hace presumir también la existencia del vínculo obrero patronal con esta última, otorgándole el carácter de trabajador respecto de ambas, en términos del artículo 8o. del mismo ordenamiento legal. En consecuencia, en el laudo que dicte la autoridad, debe condenar en forma solidaria, tanto a quien por efectos fiscales, administrativos o de otra índole le pagaba su salario al actor como a quien materialmente estaba al mando y le daba órdenes, ya que si bien es cierto que quien proporciona un salario es quien se ve beneficiado con el trabajo proporcionado, también lo es que, si de la demanda se advierte la existencia de otra persona de quien recibía órdenes el operario, ésta también se encontraba beneficiada con el trabajo del actor.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 988/2009. Telvent México, S.A. de C.V. 26 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Atanacio Alpuche Marrufo. Secretario: Ángel Esteban Betancourt Guzmán.

lunes, 8 de noviembre de 2010

sábado, 6 de noviembre de 2010

Portugal. Lic. Jesús A. Vallejo Mauricio.

Usted es sabio por naturaleza y yo su siervo aprendiz

Esta fue la frase que entendí después de muchos años de enseñanza. La vida es para gozar, vivir y sufrir, por tal motivo es momento de analizar nuestro entorno social y jurídico. Así que mi estimado lector, le hare parte de mis vivencias en el municipio de Lisboa, Portugal.

Viaje inesperado, de última hora y con mucha suerte, viajando de noche, se percibe la tranquilidad, el asombro de poder conducir un vehículo de alquiler, con todas las obligaciones a que como extranjero se somete uno; la incertidumbre de saber hacia dónde queda el destino. Salir con los compañeros del Máster y poder percibir que la infraestructura, tanto vial como de carretera, se encuentra en un estado de perfección, no cobran peaje entre países y si lo cobran –que es muy contadas las ocasiones que lo cobran- el monto es muy barato. Es sorprendente ver como uno se siente seguro y relajado viajando por las carreteras provinciales e interprovinciales que unen a las provincias y capitales entre sí, estipulado en el Proyecto de Ley para la Red Federal de Autopistas, que tiene como finalidad específica que la cuota “La tasa o tarifa de la RFA tiene idéntica naturaleza jurídica de peaje. Es un peaje indirecto que se paga después de ejecutadas las obras y cuyo flujo de fondo pertenecen en propiedad exclusiva al inversor para recuperar la inversión adelantada. Quitarle al inversor de la RFA una tajada o peaje indirecto para fines ajenos a su obra…”

Entendiendo por tal motivo que el ciudadano de cualquier país de la Unión Europea de Naciones, puede circular por las redes nacionales de carreteras sin ninguna limitante, a sabiendas de que siempre estará seguro, que las carreteras nacionales de la Comunidad Europea están en un buen estado y sin ningún bache, que no tendrán problemas de congestión vehicular y de que su coche sufra daños por el deterioro de las carreteras.

Lisboa, un municipio perteneciente a la Ciudad de Portugal, con mucha tradición y folklore, donde se puede acceder al municipio a través de dos puentes –el 25 de abril y el Vasco da Gama-, que se conectan a diferentes puntos esenciales del municipio.

Municipio dónde se puede pasear por sus hermosas calles, sus teatros, sus esculturas, su arquitectura medieval, su puerto su Castillo de San Jorge, su Torre de Belém, su puerto, sus tradiciones, y, cómo dejar de lado la cordialidad de sus habitantes.

El Barrio Alto, lugar donde se vive la fiesta nocturna, y por su puesto es el lugar tradición y el corazón del municipio para todos sus visitantes, donde se podrá disfrutar desde un estilo latino hasta un europeo, donde su comercio es parte del barrio. Así mismo le hago participe que pude disfrutar de una tienda de souvenires mexicana, dónde pudimos encontrar productos de consumo alimenticios -salsa valentina y verde, latas de chiles jalapeños-, sombreros charros, mascaras de luchadores, alebrijes y árboles de la vida.

El transporte público es de lo más ordenado, donde se le da preferencia al peatón -aunque no hay semáforos-; sus tranvías antiguos, que son parte esencial del transporte del municipio y que por sus recorridos el turismo los hace propios. Su red ferroviaria que consta de 8 líneas con 118 estaciones.

Ciudad de mucho que visitar, el Santuario de Nuestra Señora de Fátima, que será punto de platica en el siguiente número, gracias y espero sus comentarios.


 
licvallejo@hotmail.com









miércoles, 3 de noviembre de 2010

Algunos conceptos de Derecho Laboral

Roberto Canales Odriozola
919270
Derecho Laboral
3 de Noviembre de 2010

Resumen: Conceptos Tercer Parcial

El derecho laboral está marcado por dos conceptos que, aunque vayan literalmente de la mano cruzando el mundo legal dentro del trabajo, están elaborados bajo distintas circunstancias. Uno depende del otro y juntos tienen el poder de encaminar un propósito unánime. Mencionado esto, cabe recalcar que no siempre funciona esta unificación. Cual sea la situación, se debe de regular cada elemento que envuelva esta relación y así proteger a los individuos involucrados. Dichos conceptos son el patrón y los trabajadores.

El trabajo legal sigue las normas establecidas por la Ley Federal del Trabajo, la cual abarca temas como la jornada laboral, los días de descanso, las vacaciones, el salario y el aguinaldo. Dentro de la Ley, también se desarrolla el trabajo tipo contractual, donde las condiciones de trabajo son acordadas por las partes, las cuales son el patrón y los sindicatos, buscando hacerlas superiores a las legales.

Una jornada de trabajo es el tiempo de duración del trabajo diario. La jornada legal dura ocho horas cada día, cuarentaiocho por semana. De ahí salen diversos tipos de jornadas, como la diurna, la cual está comprendida entre las seis y las veinte horas, durando máximo ocho horas. La nocturna se elabora entre las veinte y las seis horas, y comprende solamente de siete horas de trabajo. La jornada mixta mezcla las dos anteriores, pero la nocturna debe de durar menos de tres horas y media, y la duración entre las dos debe de ser menos de siete horas y media. Para los individuos menores de dieciséis años, se encuentra la jornada reducida, la cual no puede ser más de seis horas, y no se puede trabajar por más de tres horas seguidas, ya que debe de haber un reposo. También está la jornada especial, en la cual se trabaja más de lo normal para poder conseguir el reposo del sábado en la tarde o algún otro día con circunstancias similares. La jornada continua no tiene interrupciones desde que inicia el trabajo hasta que se acaba. El trabajador debe de estar totalmente a la disposición del patrón. La discontinua si tiene interrupciones, dando al trabajador completa libertad para hacer lo que quiera en su tiempo libre. En el caso de horas extras al trabajar, cada hora de más se le llama hora extraordinaria. Agregando a todo esto, si se trabaja en domingo, se otorga el derecho a recibir una prima dominical.

Ya que se nombraron las jornadas de trabajo, se puede hablar más del trabajador. Hay ciertos puestos de trabajo: directivos, mandos intermediarios, técnicos y operarios, y empleados. Se te da el puesto dependiendo de tu preparación, experiencia, desempeño y cualquier otra cosa que le convenga al patrón para tenerte ahí trabajando. Elaborando en una empresa por prolongado tiempo, se te otorga el derecho de la antigüedad, el cual se ejerce cuando estás involucrado en algún caso como la muerte, invalidez, despido y retiro voluntario. La empresa deberá pagarte doce días de salario por cada año de servicio, con máximo de dos veces el salario mínimo de la región. También es importante mencionar, dentro del ámbito del trabajador, que el patrón debe de tener preferencia a los trabajadores mexicanos por encima de los que no lo son. Después, a los que han trabajado en la empresa por mayor tiempo, seguido por los que no tienen otra fuente de ingreso y tienen una familia que mantener, y a los que están sindicalizados encima de los que no están.

Se les nombra días trabajados a aquellos días que se cumplió el trabajo efectivamente, respetando cualquier tipo de regulación u ordenamiento. De ahí, sale el tema de los salarios devengados, los cuales son los días del trabajo que se elaboraron efectivamente y no se te fueron pagados, así que te los deben.

Como trabajador, se te otorga el derecho de la huelga, el cual es la suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada voluntariamente por los trabajadores. Para que una de estas sea ilícita, la mayoría de los huelguistas deberían de haber cometido actos violentos contra personas o propiedades.

El artículo 134 muestra las obligaciones de los trabajadores, las cuales parafraseadas dictan lo siguiente:
- I. Cumplir con normas de trabajo.
- II. Notar normas preventivas e higiénicas para usarlas mientras trabajan.
- III. Desempeñar bajo la orden del patrón o representando, respetando a la autoridad.
- IV. Hacer el trabajo con las ganas y el cuidado que se requieran.
- V. Informarle al patrón si no se te es posible asistir al trabajo.
- VI. Regresar al patrón los instrumentos no utilizados y conservar en buen estado los que sí se usen.
- VII. Observar buenas costumbres durante el servicio.
- VIII. Prestar auxilio en cualquier situación en la que se requiera.
- IX. Integrar los organismos que se presentan en esta ley.
- X. Someterse a los exámenes médicos interinos de la empresa para comprobar que no tengas alguna discapacidad de trabajo.
- XI. Informar al patrón alguna enfermedad contagiosa que padezcas al momento en el que sepas de ella.
- XII. Informar al patrón o representante alguna deficiencia que tengas para evitar afectar a compañeros.
- XIII. Guardar secretos de la empresa y sus productos que sean necesarios guardarse.

El artículo 135 de la Ley Federal del Trabajo muestra las prohibiciones de los trabajadores. Éstas son:
- I. Ejecutar cualquier trabajo que ponga en peligro la seguridad propia y de sus compañeros.
- II. Faltar al trabajo sin justificación o permiso.
- III. Sacar de la empresa instrumentos de trabajo o materia prima o elaborada.
- IV. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad.
- V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de alguna droga o algo por el estilo.
- VI. Portar armas durante las horas de trabajo.
- VII. Suspender el trabajo sin autorización.
- VIII. Hacer colectas en el lugar de trabajo.
- IX. Usar instrumentos de trabajo para algo más que no sea el trabajo.
- X. Hacer propaganda en las horas de trabajo dentro del establecimiento.

El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo muestra las obligaciones que tiene un patrón. Varias de estas obligaciones son:
- Cumplir con las normas de trabajo aplicables a su negocio.
- Pagar a trabajadores sus salarios e indemnizaciones.
- Proporcionar a trabajadores útiles, instrumentos y materiales para el trabajo.
- Proporcionar un lugar para guardar dichos instrumentos.
- Mantener el número suficiente de asientos para todos los trabajadores dentro de casas comerciales, oficinas, etc.
- Guardar consideración a los trabajadores.
- Y veintidós normas más relacionadas con el tema.
El artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo muestra las prohibiciones que tiene un patrón a la hora de ejercer:
- I. No aceptar a trabajadores por razón de edad o género.
- II. Exigir a trabajadores que compren su material.
- III. Exigir o aceptar dinero de los trabajadores por haberles dado el trabajo.
- IV. Obligar a algún trabajador a abandonar o afiliarse a algún sindicato, o a votar por cierta candidatura.
- V. Intervenir en el régimen del sindicato.
- VI. Hacer colectas dentro de la organización.
- VII. Hacer algún acto que restrinja a los trabajadores de estas leyes.
- VIII. Hacer propaganda política y religiosa dentro del establecimiento.
- IX. Emplear el sistema de “poner en el índice” a trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para así no darles trabajo otra vez.
- X. Portar armas en la organización.
- XI. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad o bajo la influencia de alguna droga.
Para que una empresa tenga funcionamiento óptimo, debe de haber armonía entre el patrón y los trabajadores. Estos conceptos mostrados anteriormente en el escrito hacen que esta armonía se lleve a cabo y se pueda progresar. Es por eso que se debe de resaltar los puntos clave y llevarlos a cabo al ejercer ya sea como patrón o como trabajador.


Bibliografía
- Conocimientos de mi estudio para el examen.
- Ley Federal del Trabajo PDF
www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf